MINISTERIO PÚBLICO P C/ JOSE VICTOR SEPULVEDA SEPULVEDA
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa del imputado José Víctor Sepúlveda Sepúlveda, se ha alzado en contra de la resolución de 8 de enero de 2024, que decretó la prisión preventiva del encartado dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Yungay doña Sandra Schuffeneger Rozas y en su lugar solicita se disponga la libertad del imputado o se le imponga una medida de menor intensidad de las contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. 2° Que, de lo expuesto por los intervinientes en estrados,
Fundamentos
considerando la dinámica de los hechos, esta Corte comparte la calificación jurídica efectuada por la jueza a quo, en esta fase inicial de la investigación, y en razón de ello, considerando la gravedad de la pena asignada al delito, sumado al hecho de que el imputado registra diversas anotaciones en su extracto de filiación, se estima adecuada la medida cautelar impuesta por cuanto se cumplen en la especie todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal. En razón de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de 8 de enero de 2024. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. 37-2024 Penal.
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C.A. de Chillán Lgc/cff Chillán, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa del imputado José Víctor Sepúlveda Sepúlveda, se ha alzado en contra de la resolución de 8 de enero de 2024, que decretó la prisión preventiva del encartado dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Yungay doña Sandra Schuffeneger Rozas y en su lugar solicita se dispo
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