SIN INFORMACION

NOEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Pedro Elmine, habilitado en derecho, interpuso recurso de amparo por Makendy Noel, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en la comuna de Valdivia, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, que habría vulnerado su derecho a la libertad de residir y permanecer en cualquier lugar de la República reconocido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política. Sostiene que su representada postuló a residencia definitiva en mayo de 2021 y aún no le ha sido remitido el certificado establecido en el artículo 1 N°25 de la Ley 21.325, conocido como Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite, lo que le permitirá, entre otras cosas, poder demostrar su situación regular en el país frente a terceros. Solicita que, atendido el tiempo transcurrido, se le otorgue derechamente su solicitud de residencia. Segundo. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, alegando, en primer lugar, la improcedencia del recurso intentado, sosteniendo que el amparo no es la vía para acelerar trámites administrativos ante la autoridad y que la falta de dictación de la orden de expulsión no importa una vulneración a las garantías consagradas en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política, en los términos que exige el artículo 21 de la Carta Fundamental. Agregó que el 26 de junio de 2024 la recurrente solicitó su residencia definitiva y el 16 de enero de 2024 se envió el certificado a su correo electrónico. Por último, señala que no existe decreto o resolución que aplique alguna sanción administrativa que amenace, prive o perturbe la libertad personal o seguridad individual de la amparada. Tercero. La recurrente funda su petición en la supuesta omisión por la recurrida de su obligación de emitir el certificado de recepción a trámite de una solicitud de residencia definitiva que afirma haber realizado y en la demora en la resolución respecto de su solicitud de residencia definitiva. Cuarto. Conforme al mérito de los antecedentes, puede advertirse

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo establecido en el artículo 19 N°7 y Nº21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Makendy Noel. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-17-2024. En Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Pedro Elmine, habilitado en derecho, interpuso recurso de amparo por Makendy Noel, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en la comuna de Valdivia, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, que habría vulnerado su derecho a la libertad de residir y permanecer e

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