INVERSIONES PÉREZ BLAS LIMITADA/SEPÚLVEDA
Rol
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el seis de diciembre de dos mil veintitrés (folio N°13, cuaderno incidente general), en contra de lo pertinente de la resolución dictada el treinta de noviembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-635-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el seis de diciembre de dos mil veintitrés (folio N°13, cuaderno incidente general), en contra de lo pertinente de la resolución dictada el treinta de noviembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-635-2024.
Texto Completo (Preview)
jzc C.A. de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. Al folio N°3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación
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