SIN INFORMACION

FUNDACIÓN EDUCACIÓN INCLUSIVA/CATALDO

Rol

Fecha

16 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Fundación Educación Inclusiva corporación de derecho privado sin fines de lucro, domiciliada para estos efectos en Avda. Isidora Goyenechea Nro. 3621, piso 5°, comuna de Las Condes, Región Metropolitana e interpone acción de protección en contra del Ministro de Educación, don Nicolás Cataldo Astorga, profesor; contra del Ministerio de Educación, representado legalmente por don Nicolás Cataldo Astorga; contra de la Subsecretaria de Educación, doña Alejandra Arratia Martínez, psicóloga; y contra de la Subsecretaría de Educación, representada legalmente por doña Alejandra Arratia Martínez, todos domiciliados en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins Nro. 1371, comuna de Santiago, Región Metropolitana, entendiendo que los Recurridos han actuado ilegal y arbitrariamente al rechazar, por Resolución Exenta Nro. 004919, de fecha 22 de septiembre de 2023, la petición de que la Subsecretaria de Educación ejerza sus facultades excepcionales de aumento del plazo para que Fundación Educación Inclusiva presente la solicitud de reconocimiento oficial y subvención, para el año 2024, del establecimiento denominado Aula Hospitalaria Dr. Augusto Essman Expone que la recurrente es una organización educacional sin fines de lucro, cuyo propósito es la creación y gestión de Aulas Hospitalarias y cuenta con Aulas Hospitalarias en Santiago, Rancagua y Punta Arenas. Hace presente que las Aulas Hospitalarias permiten que un niño, niña o adolescente que se encuentra hospitalizado o en tratamiento médico ─ambulatorio o domiciliario─ pueda continuar (en el hospital o en su domicilio, según el caso) con su proceso educativo mientras dure su enfermedad o tratamiento, amén de contar con un apoyo emocional y psicológico que le permita reintegrarse, posteriormente, al sistema de educación tradicional. Agrega que desde el año 2022, el Aula Hospitalaria del Hospital Clínico de Magallanes ─creada por Fundación Educación Inclusiva─ comenzó a atender a un al

Fundamentos

considerando que la distancia entre Punta Arenas (comuna donde se encuentra el Hospital Clínico de Magallanes y su Aula Hospitalaria) y Puerto Natales (comuna donde vive el estudiante) es de aproximadamente 250 kilómetros, cuestión que implica prácticamente 3 horas de traslado vía terrestre, la Fundación estimó indispensable la creación de una nueva Aula Hospitalaria, esta vez, en el Hospital Dr. Augusto Essman de Puerto Natales. Por aquello se realizó el levantamiento respectivo y evidenció que existen en la zona al menos 20 niños, niñas y adolescentes fuera del sistema escolar y que necesitan seguir educándose mientras se recuperan de su enfermedad y/o siguen el tratamiento instruido por sus médicos. Luego, a fines de septiembre del año en curso el Hospital Dr. Augusto Essman de Puerto Natales pudo finalmente facilitarles un espacio físico para el funcionamiento del Aula Hospitalaria. Pero, para no desperdiciar tiempo valioso, la Fundación ya había comenzado con las gestiones necesarias para que la autoridad reconociera y permitiera el funcionamiento de un Aula Hospitalaria en ese lugar. Se presentó ─el día 22 de agosto de 2023─ ante la Subsecretaría de Educación, una solicitud para que la misma, en ejercicio de sus facultades, ampliara excepcionalmente el plazo para que la Fundación presentara la solicitud de reconocimiento oficial y subvención de lo que sería la nueva Aula Hospitalaria del Hospital Dr. Augusto Essman de Puerto Natales. Aclara que se regula en el Decreto Supremo Nro. 315/2010, del Ministerio de Educación, en el inciso 1° del artículo 19 que “[l]a solicitud de reconocimiento oficial para un establecimiento educacional nuevo deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes de agosto del año anterior a aquel en que dicho establecimiento iniciará su funcionamiento, conjuntamente con la totalidad de la documentación requerida para estos efectos”. Expone que, en este caso, no aparecía necesidad de aumento extraordinario de plazo alguno para que la Fundación presentara la solicitud de reconocimiento estatal del Aula Hospitalaria Dr. Augusto Essman, pues ésta se presentó el día 22 de agosto de 2023, o sea, antes del último día hábil de dicho mes. Agrega que si se requirió a la Subsecretaria de Educación aumentar excepcionalmente el plazo fue porque, además del reconocimiento oficial, la Fundación solicitó la subvención estatal para la futura Aula Hospitalaria del Hospital Dr. Augusto Essman de Puerto Natales. Sobre el particular, el otorgamiento de subvención estatal es regulado por un cuerpo normativo distinto al del reconocimiento oficial, que contiene plazos más exigentes que este último. En este sentido, el artículo 4° el inciso primero del Decreto Nro. 148/2016 del Ministerio de Educación ─que aprueba el reglamento sobre establecimientos educacionales que soliciten por primera vez el beneficio de la subvención estatal y renuncien al sistema de subvenciones─ establece que “las instituciones educativas que soliciten

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la Republica, y por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, SE RECHAZA la acción constitucional deducida por Fundación Educación Inclusiva, en contra del Ministerio de educación y la subsecretaría de educación, todos ya individualizados. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. Rol N°601-2023 Protección.

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Punta Arenas, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Fundación Educación Inclusiva corporación de derecho privado sin fines de lucro, domiciliada para estos efectos en Avda. Isidora Goyenechea Nro. 3621, piso 5°, comuna de Las Condes, Región Metropolitana e interpone acción de protección en contra del Ministro de Educación, don Nicolás Cataldo

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