SIN INFORMACION

MARCO ANTONIO PAILLAPI TORRES CONTRA TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ARICA

Rol

Fecha

16 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece la Defensoría Penal Pública en representación del acusado MARCO ANTONIO PAILLAPI TORRES, en la causa RIT 166-2020, RUC: 1900373809-7 del Tribunal Oral en lo Penal de Arica y dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de 5 de diciembre de 2023 dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, que dejó sin efecto el sobreseimiento temporal decretado en esta causa, a propósito de la necesidad de cautela y fijó fecha de audiencia de juicio oral para el día 19 de enero de 2024. Señala que el año 2019, producto de un impacto balístico, que se alojó en la columna, el acusado se encuentra inmovilizado desde el cuello hacía abajo, y que para su traslado debía utilizar ambulancias, entendiendo que en esas condiciones no podía enfrentar un juicio oral. Refiere que en audiencia de 16 de mayo del 2022, se suspendió el procedimiento y decretó el sobreseimiento temporal de la causa en los términos del artículo 10 del Código Procesal Penal, en razón del estado de salud del acusado, oficiándose al Hospital Regional y al Consultorio Amador Neghme, para que remitieran informe detallado del estado de salud del acusado, cuyo resultado se recibió el 6 de mayo de 2023. Indica que el 13 de octubre de 2023, se lleva a cabo audiencia de comparecencia judicial, la que tenía por objeto conocer el estado de salud actual del acusado, ocasión en que la defensa solicitó oficio al Servicio Médico Legal, pidiendo que se mantenga el sobreseimiento temporal de la causa, a fin de que pueda disponerse la remisión de los antecedentes médicos actualizados del acusado. El Fiscal sin oponerse, insta por que se realice la pericia y el querellante, solicita que también se considere el aspecto cognitivo o mental dentro de la pericia que se iba a confeccionar. Accediendo el tribunal a lo solicitado, oficia al Servicio Médico Legal a efectos de practicar este informe que deberá indagar efectivamente si el acusado se encuentra en condiciones tanto física como mentales para afro

Fundamentos

considerando también que la propia defensa ha referido no tener contacto alguno con el acusado, deja sin efecto el sobreseimiento temporal decretado en esta causa, oficia al Servicio Médico Legal, a efectos de dar cuenta que ya no es necesario el informe médico psiquiátrico y fija fecha para audiencia de juicio para el día 19 de enero de 2024 a las 08:30 horas. Sostiene que de la dinámica de los hechos relatados, no es posible advertir algún acto ilegal o arbitrario que haya sido dictado por el Tribunal, que afecte la libertad personal o seguridad individual del acusado, en la medida que la decisión aparece fundada en los hechos y en el derecho. Amén que la audiencia que se programó aún no se desarrolla y en la que, en todo evento, el abogado del acusado podrá hacer las alegaciones que correspondan para la defensa de los intereses de éste. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de amparo, establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza excepcional, que persigue la tutela y protección de parte de los Tribunales superiores de Justicia, de la libertad personal y la seguridad individual, cuyo ámbito subjetivo de aplicación incluye a toda persona, con independencia de la nacionalidad que tenga. SEGUNDO: Que, en ese orden de ideas, para efectos de determinar la procedencia de la acción incoada debe determinarse la ilegalidad o arbitrariedad de los actos que se reclaman vulneratorios de la libertad y seguridad individual. En ese contexto, de la lectura del petitorio, se desprende que el recurrente pide que se declare ilegal la resolución que dejó sin efecto el sobreseimiento temporal y fijó fecha para la realización de juicio oral el día 19 de enero de 2024, sin haberse recibido el informe solicitado al Servicio Médico Legal que dé cuenta de las condiciones físicas y mentales del amparado. TERCERO: Que, en la especie, de los antecedentes acompañados por el recurrente y los magistrados recurridos, en primer término, se advierte que la resolución que dejó sin efecto el sobreseimiento temporal decretado en razón de una cautela de garantías solicitada y la fijación de día y hora para que se realice la audiencia de juicio oral en su contra, obedece a una decisión adoptada por un Tribunal de la República, la que se enmarca dentro de las atribuciones que le corresponden. Por otro lado, la supuesta inimputabilidad en razón de la salud mental del amparado nunca fue objeto de debate en sede penal, toda vez que si bien se ofició al Servicio Médico Legal a fin de que le practicara un examen psiquiátrico al encartado, esta solicitud fue hecha por el querellante, quien posteriormente se desistió de la misma. Finalmente, en la oportunidad procesal correspondiente, la defensa cuenta con los medios recursivos establecidos por la ley para asegurar las garantías del imputado durante el proceso y una eventual ejecución de la pena, en su caso. CUARTO: Que, en cuanto al t

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, del año 1932, se declara: Que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo interpuesto en favor de MARCO ANTONIO PAILLAPI TORRES. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 14-2024 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Arica, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece la Defensoría Penal Pública en representación del acusado MARCO ANTONIO PAILLAPI TORRES, en la causa RIT 166-2020, RUC: 1900373809-7 del Tribunal Oral en lo Penal de Arica y dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de 5 de diciembre de 2023 dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, que dejó sin efecto el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica