SIN INFORMACION

EDWIN RESTREPO DIAZ CON SERVICIO NACIONAL DE MIGERACIONES

Rol

Fecha

16 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 27 de septiembre de 2023, comparece don Edwin Restrepo Díaz, identificado con Pasaporte N° AU496071, domiciliado en Carlos Trust 31 ½ oriente con 12 sur, casa 120, quien viene en interponer acción de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, indicando que solicitó regularización el 12 de mayo de 2021, la cual fue rechazada mediante Resolución Exenta N°1769 de 20 de abril de 2021, por tener antecedentes judiciales en su país. Agregó que, anexó sus antecedentes judiciales apostillados, donde se certifica que se decretó la extinción de la condena a su favor. Sostuvo que, el motivo para quedarse en Chile es laboral. Solicitó la aprobación de la residencia temporal en el país. SEGUNDO: Que, el 25 de octubre de 2023, comparece doña Katherine Bordones Cartagena, abogada, mandataria judicial del Servicio Nacional de Migraciones, quien solicitó el rechazo de la acción de protección en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario e ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Expuso que, en sus sistemas informáticos de R.N.E. (Registro Nacional de Extranjeros) establecido en la Ley N°21.325 y Sistema Informático B3000 que don Edwin Restrepo Díaz, extranjero nacional de Colombia, ingresó al país el 04 de mayo de 2019 como turista por Paso Fronterizo Carretera Chacalluta. Refirió que, solicitó Visa de Regularización Migratoria año 2021 con fecha 12 de mayo de 2021, N° ID 24149528. Actualmente su solicitud se encuentra en Estado: Completado, es decir, terminado en Etapa: Análisis Jurídico Operaciones, puesto que en esa etapa se resolvió no dar lugar a la solicitud. Indicó que, al momento de postular a la Regularización Migratoria con fecha 12 de mayo de 2021, el postulante debió leer los requisitos, que señalaban expresamente: “Regularización Migratoria Proceso contemplado en el artículo octavo transitorio de la Ley de Migraciones y Extranjería N°21.325, cuyo proceso es dispuesto por la Resolución Exenta N°1769 del 20-04-2021 de la Subsecretaría del Interior ¿Quiénes pueden postular? De acuerdo a lo señalado en la Resolución Exenta N°1769 del 20-04-2021 de la Subsecretaría del Interior, que dispone el proceso de regularización contemplado en el artículo octavo transitorio de la Ley de Migración y Extranjería N°21.325, se establecen como requisitos de postulación los siguientes: a) Haber ingresado al territorio nacional por paso habilitado, con anterioridad al 18 de marzo de 2020. b) Tener la calidad de irregular, al momento de postulación. c) No tener antecedentes penales, ni en su país de origen, ni en el territorio nacional. d) No contar con alguna sanción, sea administrativa o judicial, vinculada a la normativa de extranjería vigente par

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, Decreto Supremo número 587, Decreto Ley 1094, Ley 21.325, Ley 19.880 y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso de protección interpuesto por Edwin Restrepo Díaz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1916-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

Talca, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 27 de septiembre de 2023, comparece don Edwin Restrepo Díaz, identificado con Pasaporte N° AU496071, domiciliado en Carlos Trust 31 ½ oriente con 12 sur, casa 120, quien viene en interponer acción de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, indicando que solicitó regularización el 12 de mayo

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