8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ ALFONSO ANTONIO CORTES ARAVENA

Rol

Fecha

16 de enero de 2024

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídas las intervinientes; 1° En relación a la calificación del hecho investigado, esta Corte disiente de lo razonado por el tribunal a quo por cuanto de los antecedentes pretéritos del imputado es posible concluir que las medidas cautelares impuestas en su oportunidad a Alfonso Antonio Andrés Aravena no han sido suficientes para disuadirlo de su actuar. 2° A ello se suma la gravedad de los hechos, dada por golpear el imputado a la víctima en repetidas ocasiones en la cabeza, es decir, en un órgano vital. 3° En cuanto a la alegación de que existirían Convenciones Internacionales que propenden a la protección del imputado atendida su condición de adulto mayor, lo cierto es que también existen otras que prohíben la violencia contra la mujer que también revisten el carácter de universales. Todo esto, en concepto de este tribunal, más la gravedad de los hechos investigados ya enunciada, llevan a concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Por estos

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de trece de enero del año en curso, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 289-2024 y en su lugar se decreta la prisión preventiva de Alfonso Antonio Andrés Aravena por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Dése orden de ingreso por esta causa. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Novena Rol Corte: Penal-215-2024 Ruc: 2400053910-0 Rit : O-289-2024 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Tomás Gray Gariazzo y la Ministra (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay Relatora: Valentina Villarroel V Digitador (a): Ximen

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