ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de enero de 2024
Materia
DAÑO MORAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que no cabe duda que las disposiciones de la Ley 16.744 sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales es plenamente aplicable a los trabajadores del sector público, por mandato expreso del artículo 1° de la Ley 19.345. 2°.- Que a su turno la protección que la normativa de la Ley 16.744 entrega a los trabajadores es una cuestión que se encuadra dentro de derechos fundamentales y que por consiguiente cuando se discute si resulta o no competente para conocer de una indemnización de perjuicios originados en una enfermedad profesional o en un accidente laboral,...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CLA/rtp Concepción, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que no cabe duda que las disposiciones de la Ley 16.744 sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales es plenamente aplicable a los trabajadores del sector público, por mandato expreso del artículo 1° de la Ley 19.345. 2°.- Que a su turno la protección que la norm
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