1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

VEOLIA SU CHILE S.A. (PROCTIVA SERVICIOS URBANOS S.A.)/INSPECCIÓN DEL TRABAJO COMUNAL DE PROVIDENCIA

Rol

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos:  Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-284-2021, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “VEOLIA SU CHILE S.A. (PROCTIVA SERVICIOS URBANOS S.A.) / INSPECCIÓN DEL TRABAJO COMUNAL DE PROVIDENCIA).”, en procedimiento de aplicación general reclamación judicial de resolución de multa en conformidad con el artículo 503 del Código del Trabajo. Por sentencia de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, la magistrada rechazó en todas sus partes la reclamación deducida, por lo que mantuvo la multa cursada mediante resolución de multa Nº 6293/21/19 de fecha 20 de julio de 2021, dictada por la reclamada.  Contra ese fallo la parte reclamante, solo respecto de la multa N° 3, dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria; (i) causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con inciso 3° del artículo 27 del DS N° 594; y artículo 184 y 506 del Código del Trabajo. Solicita que se anule la sentencia y, acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se dicte que se acoge parcialmente el reclamo judicial interpuesto por Veolia SU Chile S.A., dictaminándose que se deja sin efecto la Resolución de Multa N°6293/21/19-3, sin costas.  Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: (i) Causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Primero: La parte reclamante funda su recurso, por haber sido dictada la sentencia con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, explicando -previa exposición de los antecedentes del proceso- que en el

Fallo

fallo la parte reclamante, solo respecto de la multa N° 3, dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria; (i) causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con inciso 3° del artículo 27 del DS N° 594; y artículo 184 y 506 del Código del Trabajo. Solicita que se anule la sentencia y, acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se dicte que se acoge parcialmente el reclamo judicial interpuesto por Veolia SU Chile S.A., dictaminándose que se deja sin efecto la Resolución de Multa N°6293/21/19-3, sin costas.  Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: (i) Causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Primero: La parte reclamante funda su recurso, por haber sido dictada la sentencia con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, explicando -previa exposición de los antecedentes del proceso- que en el fallo se vulneró el principio de razón suficiente y las máximas de la experie

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Vistos:  Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-284-2021, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “VEOLIA SU CHILE S.A. (PROCTIVA SERVICIOS URBANOS S.A.) / INSPECCIÓN DEL TRABAJO COMUNAL DE PROVIDENCIA).”, en procedimiento de aplicación general reclamación judicial de resolución de multa en conformidad con el artí

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