FUENTES/GROWING S.A.
Rol
J-138-2022
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 25 de julio de 2022, comparece LORENA ELIBET FUENTES NAVARRETE, guardia de seguridad, con domicilio en Atenas N° 2907, Hualpén, quien deduce demanda ejecutiva en contra de GROWING S.A., representada por Carlos Barahona Castro, con domicilio en Luis Yhayer Ojeda N° 157, Providencia, fundado en que con fecha 29 de abril de 2022 fue despedida mediante carta de aviso de despido, fundada en la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, en la que se formuló una oferta irrevocable de pago de indemnización por años de servicios por la suma de $983.450. Refiere que el demandado no ha cumplido con la obligación contenida en dicho instrumento. Teniendo mérito ejecutivo la carta de aviso de despido y siendo la deuda actualmente exigible, líquida y no prescrita, procede el cobro ejecutivo de la misma. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra del demandado, ya individualizado, acogerla a tramitación, despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma indicada, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago, con costas. En el segundo otrosí, de conformidad con lo expuesto, solicita se conceda el recargo del 150% de las sumas demandadas o lo que se determine, conforme lo dispuesto en el artículo 169 letra a) del Código del Trabajo.- Con fecha 7 de octubre de 2022, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución la excepción de pago de la deuda. Funda aquella en que de forma previa a esta causa se le demando por parte de la actora ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, causa que se tramitó bajo el RIT M-581-2022. En dicha causa se arribó a conciliación con fecha 15 de septiembre de 2022, y fue en esa oportunidad en que se enteró de la existencia de ésta causa. Señala que de manera inmediata se realizó pago por la suma de $1.011.928. Así las cosas, la obligación contenida en la carta de despido se encuentra pagada y se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 25 de julio de 2022, comparece Lorena Elibet Fuentes Navarrete, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Growing S.A., todos ya individualizados, fundado en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por reproducidas en aras de la economía procesal, solicitando en definitiva tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra del demandado, ya individualizado, acogerla a tramitación, despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma indicada, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago, con costas. En el segundo otrosí de su presentación solicita sea condenada la demandada a pagar por concepto de incremento el 150% de la suma ofertada o lo que se estime.- SEGUNDO: Que, con fecha 7 de octubre de 2022, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución la excepción de pago de la deuda, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos, solicitando admitirla a tramitación y en definitiva, acogerla rechazando la demanda en todas sus partes. Contestando el traslado relativo al incremento, solicita su íntegro y completo rechazo.- TERCERO: Que, contestando el traslado conferido, el ejecutante se allanó a la excepción opuesta.- Código: EYPLXBMMTVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, a fin de acreditar sus pretensiones el ejecutado acompaño: a) carta de despido de fecha 29 de abril de 2022; b) carta dirigida a la actora en que se comunica que el finiquito se encuentra disponible, así como los valores consignados en él; c) comprobante de pago, depósito en la cuenta corriente del Tribunal RIT J-138-2022; d) Copia de correo electrónico; y, e) Acta de audiencia única en procedimiento monitorio, causa RIT M-581-2022, en que se arriba a conciliación.- QUINTO: Que, a su turno, la ejecutante acompañó carta en que se le comunica el despido a contar del día 31 de mayo de 2022, en virtud de la causal establecida en el artículo 161 del Código del Trabajo “Necesidades de la empresa”, declarándose como haberes al término del contrato de trabajo indemnización por años de servicio la suma de $983.450.- II.- EN CUANTO A LA EXCEPCION DE PAGO: SEXTO: Que, tal como se ha indicado, el demandado opone a la ejecución la excepción de pago, fundado en que se habría consignado en la cuenta corriente del Tribunal la suma de $1.011.928 con fecha 20 de septiembre de 2022.- SEPTIMO: Que, a su turno el ejecutante se allana a la excepción opuesta.- OCTAVO: Que, habiéndose allanado la ejecutante procede acoger la excepción deducida.- III.- SOBRE EL INCREMENTO: NOVENO: Que, el ejecutante en el primer otrosí de su presentación, solicita se incrementen las indemnizaciones impagas, hasta en un 150%, o lo que el tribunal estime en justicia. La ejecutada solicita el rechazo de dicho incremento, fundado en que se ha producido el pago y, asimismo, las sum
Fallo
FALLO: 17 DE OCTUBRE DE 2022.- Concepción, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 25 de julio de 2022, comparece LORENA ELIBET FUENTES NAVARRETE, guardia de seguridad, con domicilio en Atenas N° 2907, Hualpén, quien deduce demanda ejecutiva en contra de GROWING S.A., representada por Carlos Barahona Castro, con domicilio en Luis Yhayer Ojeda N° 157, Providencia, fundado en que con fecha 29 de abril de 2022 fue despedida mediante carta de aviso de despido, fundada en la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, en la que se formuló una oferta irrevocable de pago de indemnización por años de servicios por la suma de $983.450. Refiere que el demandado no ha cumplido con la obligación contenida en dicho instrumento. Teniendo mérito ejecutivo la carta de aviso de despido y siendo la deuda actualmente exigible, líquida y no prescrita, procede el cobro ejecutivo de la misma. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra del demandado, ya individualizado, acogerla a tramitación, despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma indicada, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago, con costas. En el segundo otrosí, de conformidad con lo expuesto, solicita se conceda el recargo del 150% de las sumas demandadas o lo que se determine, conforme lo dispuesto en el artículo 169 letra a) del Código del Trabajo.- Con fecha 7 de octubre de 2022, comparece
Texto Completo (Preview)
CAUSA: RIT J--138-2022 DEMANDANTE: LORENA ELIBET FUENTES NAVARRETE.- DEMANDADO: GROWING S.A..- MATERIA: DEMANDA EJECUTIVA.- FECHA DE INICIO: 25 DE JULIO DE 2022.- PARA FALLO: 17 DE OCTUBRE DE 2022.- Concepción, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 25 de julio de 2022, comparece LORENA ELIBET FUENTES NAVARRETE, guardia de seguridad, con domicilio en Atenas N° 2907, Hualpén,
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