JUZGADO DE FAMILIA COLINA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

15 de enero de 2024

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma en lo apelado la sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Colina, en causa RIT P-409-2023 Regístrese y comuníquese. N°Familia-2621-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Tomás Gray Gariazzo y la Ministra (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. En Santiago, quince de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma en lo apelado la sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Colina, en causa RIT P-409-2023 Regístrese y comuníquese. N°Familia-2621-2023. Pronunciada por la Novena Sal

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica