ASERRADEROS SANTA BLANCA S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DE LANCO
Rol
Fecha
15 de enero de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTOS: De la sentencia anulada, se reproducen sus
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho, con excepción de los motivos sexto, séptimo y octavo, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, en la especie se impugnó la resolución que resuelve la reconsideración administrativa conforme al artículo 512 del Código del Trabajo, que dispone: “El Director del Trabajo hará uso de esta facultad mediante resolución fundada, a solicitud escrita del interesado, la que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días de notificada la resolución que aplicó la multa administrativa. Esta resolución será reclamable ante el Juez de Letras del Trabajo dentro de quince días de notificada y en conformidad al artículo 503 de este Código”. A su turno, el artículo 511 N° 1 del mismo código, faculta al Director del Trabajo para dejar “…sin efecto la multa, cuando aparezca de manifiesto que se ha incurrido en un error de hecho al aplicar la sanción”. SEGUNDO: Que, el reclamante rindió, entre otros, la siguiente prueba documental: a) Registro de asistencia a capacitación del 8 de abril de 2022 en que se abordó el protocolo de bloqueo de equipos. b) Sistema de gestión integrado, bloqueo de equipo, que incluye mención expresa de la maquina stacker. c) Registro de asistencia a capacitación del 13 de mayo de 2022 en que se abordó la protección y cuidado de manos en el trabajo. TERCERO: Que, de conformidad a lo razonado en los motivos 3° a 7° de la sentencia de nulidad que antecede, y que se dan por reproducidos, así como los documentos aludidos en el considerando precedente, cabe acoger la reclamación, pues el fiscalizador incurrió en un error de hecho al cursar la multa, ya que el empleador si advirtió los riesgos y el procedimiento seguro de trabajo, en relación con labores que se ejecutan con la maquina stacker. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 459, 511 y 512 del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: I.- Que, se ACOGE, la reclamación deducida por Aserradero Santa Blanca S.A., en contra de la resolución administrativa 1403-5706/2023 de la Inspección Comunal del Trabajo de Lanco y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N° 1894/2022/62-1, de fecha 29 de diciembre de 2022. II.- Que, cada parte soportará sus propias costas. Regístrese y comuníquese. Redactada por la Ministra Sra. Marcia Undurraga Jensen. Rol N° 352-2023. Laboral.
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DE REEMPLAZO Valdivia, quince de enero de dos mil veinticuatro Habiéndose acogido el recurso de nulidad y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: De la sentencia anulada, se reproducen sus fundamentos de hecho y de derecho, con excepción de los motivos sexto, séptimo y octavo, que se eliminan. Y TENIEN
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