ROJAS/SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Rol
Fecha
15 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Peñaloza Parra recurre de protección en favor de Felix Eduardo Rojas Porras, de nacionalidad venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°26.703.843-0, domiciliado en Las Hortencias N° 1900, comuna de Peñaflor, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880 y asimismo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 21.325 y el artículo 46 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo 296 de 2022. Expone que el recurrente efectuó su solicitud de permanencia definitiva el 4 de junio de 2022, no recibiendo a la fecha comunicación de avance del mismo, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite demorado. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicita que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, previo a evacuar su informe, deduce la excepción de cosa juzgada, fundado en que en causa rol N° 6645-2023, tramitada ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, se presentó idéntica acción constitucional la que mediante sentencia de 27 de julio de 2023 rechazó la acción de protección interpuesta en todas sus partes, en la que se solicitaba que se resolviera
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San Miguel, quince de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Peñaloza Parra recurre de protección en favor de Felix Eduardo Rojas Porras, de nacionalidad venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°26.703.843-0, domiciliado en Las Hortencias N° 1900, comuna de Peñaflor, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y
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