2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

SOC. MINERA Y DE INVERSIONES P C/ SERGIO ALEJANDRO BANDA JIMENEZ

Rol

Fecha

15 de enero de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°. Los presentes antecedentes versan sobre un recurso de apelación que la parte querellante interpone en contra de la resolución de veintinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, que rechazó la reapertura de la investigación y tuvo por comunicada la decisión de no perseverar en la investigación de la presente causa. 2°. Resulta palmario destacar que el régimen recursivo en el sistema penal reformado está consagrado por regla general en el artículo 370 del Código Procesal Penal, que dispone en lo pertinente que solo serán apelables las resoluciones del juez de garantía “a) cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) cuando la ley lo señalare expresamente”. 3°. A la luz de la norma transcrita, estima esta Corte que la resolución apelada no comparte la naturaleza jurídica de ninguna de las hipótesis legales que contempla el legislador. 4°. Por estas consideraciones, el recurso intentado no puede ser admitido a tramitación, como se dirá. Conforme lo disponen los articulo 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso la parte querellante en contra de lo resuelto el día veintinueve de diciembre del año dos mil veintitrés. N°Penal-77-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, el recurso intentado no puede ser admitido a tramitación, como se dirá. Conforme lo disponen los articulo 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso la parte querellante en contra de lo resuelto el día veintinueve de diciembre del año dos mil veintitrés. N°Penal-77-2024.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, quince de enero de dos mil veinticuatro. Visto: 1°. Los presentes antecedentes versan sobre un recurso de apelación que la parte querellante interpone en contra de la resolución de veintinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, que rechazó la reapertura de la investigación y tuvo por comunicada la decisión de no perseverar en la investigación de la presente ca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica