SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA REGION DE LOS LAGOS/
Rol
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Que sube en alzada apelación deducida por la parte demandante en contra de resolución de fecha 23 de enero de 2023, que tuvo por acompañado el informe pericial de la contraria. Pide se revoque la resolución, y se declare que no ha lugar a ello por ser extemporáneo. 2°) Que, del mérito de los antecedentes, cabe señalar que el término probatorio en la especie se reanudó a contar del día 10 de noviembre de 2022, siendo de ocho días hábiles de acuerdo a la dispuesto por el artículo 14 del D.L. 2.186. 3º) Que, la parte reclamada de autos, contestando el reclamo en el segundo otrosí del escrito de folio 17, designó como perito a don Nelson Turra Turra. 4º) Que, consta de autos que la notificación del cargo al perito señalado, se efectuó más allá del término de prueba, esto es, el día 05 de enero de 2023, fecha en la cual es el propio perito quien se da por expresamente notificado y acepta el cargo, de acuerdo al escrito de folio 59. 5º) Que, en consecuencia, habiéndose notificado el perito de su designación y aceptado el cargo cuando el término probatorio se encontraba vencido, resulta evidente para estos sentenciadores que el informe acompañado también fue presentado fuera de plazo al tenor de lo dispuesto en el artículo 14 del DL 2186. Por lo anterior y teniendo además en cuenta lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas, la resolución de fecha 23 de enero de 2023, escrita a folio 64, y en su lugar se dispone no tener por acompañado el informe pericial del perito Nelson Turra Turra, por ser extemporáneo. No firma el Ministro (S) don Moisés Montiel Torres, quien concurrió a la vista y acuerdo por haber cesado su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Civil N°145-2023
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que sube en alzada apelación deducida por la parte demandante en contra de resolución de fecha 23 de enero de 2023, que tuvo por acompañado el informe pericial de la contraria. Pide se revoque la resolución, y se declare que no ha lugar a ello por ser extemporáneo. 2°) Que, del mérito de los antecedentes, cabe señalar que el términ
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