MP/MANRIQUEZ
Rol
Fecha
13 de enero de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que conforme a lo expresado por la abogada del Ministerio Público, de acuerdo a los antecedentes de la investigación, ésta fue dirigida en contra de un tal “Juan” y su familia apodados “Los Mochilas”. 2.- Que en virtud de las vigilancias previas realizadas, se solicitó autorización judicial para ingresar al domicilio ubicado en Diego Portales 448, Rengo, diligencia que fue grabada con drones, encontrando en su interior, según el parte policial, 35,5 gramos de pasta base de cocaína, 2 gramos de clorhidrato de cocaína, 2,9 gramos de marihuana seca, un total de $579.400, una balanza digital, una pistola a fogueo marca Taurus calibre 3,80 y dos cartuchos calibres 12 milímetros. 3.- No obstante que en la formalización de la investigación, el Ministerio Público divide el hallazgo de la droga incautada entre los tres imputados detenidos, lo cierto es que la investigación se dirige en contra de un grupo de personas con vínculo familiar que habitan el mismo domicilio, quienes se dedicarían de manera conjunta a la venta de droga, por lo que los antecedentes proporcionados por el ente persecutor penal, permiten establecer que la investigación se inició por denuncia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la que se daba cuenta que en el domicilio ubicado en Diego Portales 448, Rengo, un tal “Juan” se estaría dedicando a la venta de droga; que las diligencias realizadas al respecto determinaron la veracidad de la denuncia, en cuanto a que un tal “Juan” y su familia, denominada “Los Mochilas”, vendían droga, lo que justificó la solicitud de una orden de ingreso a dicho domicilio, diligencia que una vez efectuada permitió encontrar droga, municiones, dinero en efectivo, papelinas, una balanza digital y un arma a fogueo, circunstancias éstas que dan plausibilidad suficiente respecto de la existencia del delito y la participación de los imputados en el mismo, en los términos exigidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal. Lo mismo sucede en relación
Fundamentos
considerando que el imputado Juan Manríquez Quiroz registra condenas anteriores, entre ellas una por tráfico ilícito de estupefacientes, en el evento de ser condenado en esta causa debiera cumplir efectivamente la pena impuesta, por lo que la necesidad de cautela sólo se satisface con la medida solicitada por el Ministerio Público, esto es, la prisión preventiva. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de doce de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, en causa RIT 182-2024, que no hizo lugar a la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado JUAN VICENTE MANRIQUEZ QUIROZ y en su lugar se decreta en contra de éste dicha medida cautelar, por considerarse su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Rol Corte 64-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, trece de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1.- Que conforme a lo expresado por la abogada del Ministerio Público, de acuerdo a los antecedentes de la investigación, ésta fue dirigida en contra de un tal “Juan” y su familia apodados “Los Mochilas”. 2.- Que en virtud de las vigilancias previas realizadas, se solicitó autorización judicial para ingresar al domicilio
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