SIN INFORMACION

HERRERA/SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

Rol

Fecha

16 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejercicio legítimo de algunas de las garantías enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°. Que, de la sola lectura de lo que expone el recurrente, se desprende que los hechos descritos están siendo conocidos por el Segundo Juzgado de Letras de La Serena, de manera que el asunto está sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante la cual se podrán hacer las alegaciones pertinentes y deducir los recursos que procedan a fin de eliminar el supuesto agravio que se ocasionó producto de la dictación de la resolución judicial en contra de la cual se recurre, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación. Y de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en favor de Fernando Hernán Barahona Herrera, Marcelo Andrés Herrera Herrera, Jorge Américo Araya Herrera y Hernán Bernardo Galvez Herrera, por improcedente. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N°36-2024 Protección.-

Fallo

Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en favor de Fernando Hernán Barahona Herrera, Marcelo Andrés Herrera Herrera, Jorge Américo Araya Herrera y Hernán Bernardo Galvez Herrera, por improcedente. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N°36-2024 Protección.-

Texto Completo (Preview)

Barahona Herrera, Fernando Hernán y otros Segundo Juzgado de Letras de La Serena Recurso de protección. Rol N°36-2024.- La Serena, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan

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