SIN INFORMACION

MELIPILLÁN/CATELICÁN

Rol

Fecha

12 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Macarena Nicol Melipillán Sánchez, empleada, con domicilio en calle Alejandro Beltrán N°3578, Punta Arenas, quien deduce recurso de protección en contra de Claudia Macarena Catelicán Aguilar, domiciliada en calle Canal de Chacao N°0392, Punta Arenas. Relata que sostuvo una relación amorosa con Alejandro Uribe Arjel desde diciembre de 2014 hasta el año 2017, sin que volvieran a tener contacto luego de su término, salvo mantener la red social Instagram, aunque sin conversación alguna. Señala que en julio de 2022 aproximadamente, comienza a recibir mensajes de la recurrida, actual pareja del Sr. Uribe, los cuales en un principio parecían tener ánimo difamatorio respecto de Alejandro Uribe, pero con el correr de los meses comenzaron a subir de intensidad en las redes sociales de Facebook e Instagram, insultándola, llamándola con frecuencia, celándola. Además en los meses de septiembre y octubre de 2022, su madre también comenzó a recibir mensajes en su teléfono móvil, siendo los últimos mensajes y llamadas recibidas por WhatsApp en el mes de noviembre de 2023. En enero de 2023, la recurrida comenzó a enviar mensajes a su jefe y compañeros de trabajo, mediante cuentas creadas en forma de “funa”. Todo ello ha derivado en que en el mes de septiembre de 2022 ha cerrado sus redes sociales, ha debido cambiar constantemente de número telefónico y tenerlo configurado para no recibir llamadas de números externos que no tenga registrados. Agrega que a raíz de los inventos de la recurrida, entablaron en su contra una denuncia por el supuesto de delito de amenazas, la cual se encuentra aún en etapa de investigación, causa RIT 3034-2022 del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, decretándose en ella, la medida cautelar de prohibición de acercamiento a la recurrida. Añade que desde el mes de mayo, ha continuado recibiendo este tipo de mensajes por diversas cuentas. Que recibió un correo electrónico de una cuenta desconocida de nombre “Clau Burzum” indicando al inic

Fundamentos

fundamentos que sustenten el presente recurso, no existiendo pruebas que demuestren que las “funas”, publicaciones alusivas a la imagen de la recurrente realizadas por doña Meritha Lahens Joseph y el correo electrónico enviado por doña Marta Andrade, tengan alguna relación con su actuar o sean personas con las cuales ella tenga alguna relación,

Fallo

por tanto, carecería de legitimidad pasiva para ser recurrida en estos autos. Finaliza señalando que ha investigado la efectiva existencia de las personas a las que la recurrente refiere en su acción, encontrando que son personas reales, y no cuentas falsas como lo afirma la recurrente. Solicita declarar sin lugar el recurso de protección interpuesto en autos por carecer de fundamento jurídico y no existir actos u omisiones ilegales o arbitrarias imputables a la recurrida, que afecten los derechos fundamentales de la recurrente, con expresa condenación en costas. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección ha sido instituido con el objeto de evitar las posibles consecuencias dañosas derivadas de actos u omisiones ilegales o arbitrarias que produzcan en el afectado una privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que se protegen con este arbitrio jurisdiccional, a fin de restablecer el imperio del derecho y otorgar la debida protección al ofendido. SEGUNDO: Que el hecho que la recurrente califica de arbitrario e ilegal, lo hace consistir en una serie de publicaciones por parte de la recurrida, a través de la red social “Facebook”, en virtud de la cual procedió a denostar su honra e imagen, insultándola, imputándole hechos falsos e incitando a la “funa” de otras personas, además de un correo electrónico en el mismo tenor. TERCERO: Que, informó la recurrida, en los t

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Punta Arenas, doce de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Macarena Nicol Melipillán Sánchez, empleada, con domicilio en calle Alejandro Beltrán N°3578, Punta Arenas, quien deduce recurso de protección en contra de Claudia Macarena Catelicán Aguilar, domiciliada en calle Canal de Chacao N°0392, Punta Arenas. Relata que sostuvo una relación amorosa con Alejandro Uribe Arjel desde dici

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