CARVALLO CARRERA MARIO ANDRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Mario Andrés Carvallo Cabrera, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el octubre del año recién pasado, que le negó dicho beneficio. Menciona como antecedentes de su recurso, que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito de porte de tráfico ilícito de estupefacientes y otra pena de 800 días por un delito de tenencia ilegal de arma de fuego, conforme sentencia de término dictada en causa RUC 1400583861-5, RIT 6759-2014, seguida ante el 14º. Juzgado de Garantía de Santiago, y a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, conforme sentencia de término dictada en causa RUC 1200823559-5, RIT 12075-2012, seguida ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. Indica que dio inicio a sus condenas el 16 de septiembre de 2014. Agrega que cumple con los requisitos para postular a beneficio de libertad condicional, por cuanto registra conducta muy buena en los últimos bimestres, y además el tiempo mínimo que establece la ley se verificó el 28 de marzo de 2021. Afirma que la decisión infringe las normas del Decreto Ley N° 321 y del Decreto Supremo N° 2.442, en particular, por cuanto la decisión adoptada por la Comisión hace referencia exclusiva a los aspectos desfavorables del amparado, en circunstancias que éste demuestra avances en el proceso de reinserción social. Solicita se acoja la presente acción disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado, decretando que se le concede en forma inmediata. Segundo: Que, evacuando el informe requerido, don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comis
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Mario Andrés Carvallo Cabrera y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-31-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de enero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Mario Andrés Carvallo Cabrera, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada e
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