CERDA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece Elizabeth Cerda Gallino, habilitada en derecho, domiciliada en calle Baquedano n.° 169, Valdivia, quien actúa en nombre y favor de Herby Charles, haitiano, Cédula de Identidad para extranjeros N.° 24.947.760-5, quien deduce acción de amparo constitucional contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, ambos domiciliados en San Antonio n.° 580, Santiago, en atención a que el actuar ilegal y arbitrario del recurrido vulnera su garantía constitucional de igualdad ante la ley. Funda su recurso en que en febrero de 2022 solicitó el permiso de Residencia Definitiva en Chile, ocurriendo que no le ha sido remitido el certificado correspondiente, conocido como Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite, el cual le permitirá, entre otras cosas, poder demostrar su situación regular en el país frente a terceros. De esta forma, al no tener el certificado en cuestión, no es posible aplicar el último inciso del artículo 43 de la Ley N°21.325, sobre Migraciones, no pudiendo entenderse vigente su cédula de identidad vencida. Solicita se ordene a la recurrida pronunciarse de manera definitiva respecto de la solicitud de visa requerida por el amparado sea otorgando o rechazando el beneficio migratorio. A folio 4 el Servicio Nacional de Migraciones alegó la improcedencia del recurso de autos ya que no es la vía para acelerar trámites administrativos ante la autoridad y que la no emisión del certificado de residencia en trámite no importa una vulneración a las garantías consagradas en el artículo 19 N.° 7 de la Constitución Política, en los términos que lo exige el artículo 21 de la Carta Fundamental. Por otro lado, agregó que el recurrente intentó ingresar solicitud de residencia definitiva con fecha 1 de febrero de 2022 a través de la página web del Servicio Nacional de Migraciones, la cual no se realizó de manera adecuada, ya que el recurrente no dio por finalizada la solicitud al momento de ingresarl
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la recurrente funda su petición en la omisión por la recurrida en emitir el certificado de recepción a trámite la solicitud de Residencia Definitiva que afirma haber hecho. Segundo: Que, cabe tener en consideración que el recurso de amparo no es la vía para acelerar trámites administrativos ante la autoridad, desvirtuando así su naturaleza; más aún, si no está afectada la libertad individual de la persona en cuyo favor se acciona, como acontece en este caso en que el recurrente cuenta con permiso de permanencia definitiva desde el año 2016 y tiene cédula identidad vigente. Tercero: Que, en las circunstancias antes indicadas, no existe una acción u omisión ilegal o arbitraria que constituya una afección, vulneración o amenaza a las garantías constitucionales denunciadas, por lo que la acción constitucional no podrá prosperar. En efecto, para tal fin la ley y la Constitución Política de la República contemplan otros recursos específicos que se pueden ejercer ante la administración.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo; Se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Herby Charles, sin costas. Regístrese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-8-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece Elizabeth Cerda Gallino, habilitada en derecho, domiciliada en calle Baquedano n.° 169, Valdivia, quien actúa en nombre y favor de Herby Charles, haitiano, Cédula de Identidad para extranjeros N.° 24.947.760-5, quien deduce acción de amparo constitucional contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado p
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