HUSSEIN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Nadim El Hayeck Jaddour, abogado, en favor de don Bashar Hussein, sirio, domiciliado en Las Delicias 138, Buin, e interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de pronunciamiento, acerca de su solicitud de nacionalización chilena, lo que infringe el principio de celeridad de los actos administrativos, en particular el artículo 27 de la Ley 19.880, vulnerándose su derecho fundamental contemplado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Solicita que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre su solicitud en un plazo de 30 días. Indica que el 30 de mayo de 2022 el recurrente solicitó la nacionalidad chilena, cumpliendo con todos los requisitos requeridos, sin que a la fecha haya obtenido una respuesta por parte del Servicio. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones. Solicita el rechazo del recurso. Explica que el extranjero ingresó a Chile el 5 de mayo de 2016 y que actualmente cuenta con permiso de residencia definitiva. Señala que efectivamente solicitó la carta nacionalización el 30 de mayo de 2022, y que en el proceso en dos ocasiones se le han requerido antecedentes, los que ha subsanado oportunamente, la última vez el 1 de septiembre de 2023. Indica que en esa misma fecha la Policía de Investigaciones emitió el informe de extranjero respecto de entrevista de Nacionalización, por lo que desde el 8 de septiembre pasado la solicitud se encuentra en trámite, en etapa de análisis 2, pendiente de remitir el oficio con la calificación favorable o desfavorable de la solicitud de carta de nacionalización al Ministerio del Interior. Expone que, al mantener el recurrente permiso de residencia definitiva, la demora en otorgarle la carta de nacionalización no le genera perjuicio. Explica que la carta de nacionalización es, por su naturaleza jurídica, una concesión constitucional que otorga el Estado de Chile por una gra
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en beneficio de Bashar Hussein y en contra del Servicio Nacional de Migraciones y se dispone que esta repartición deberá dictar el acto administrativo consistente en calificar favorable o desfavorablemente la solicitud de carta de nacionalización del recurrente y remitirla para su decisión a la Subsecretaría del Interior, dentro del plazo de sesenta días contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 4027-2023 Protección.
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San Miguel, doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Nadim El Hayeck Jaddour, abogado, en favor de don Bashar Hussein, sirio, domiciliado en Las Delicias 138, Buin, e interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de pronunciamiento, acerca de su solicitud de nacionalización chilena, lo que infrin
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