TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

MINISTERIO PUBLICO C/ SEFORA ABIGAIL SAN MARTIN VERDEJO

Rol

Fecha

12 de enero de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa RIT N° 292-2023, don Cristian Mauricio Barrera Vargas, Defensor Penal Público, en representación de Emanuel Isaías Aliaga Guzmán, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que lo condenó a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, cometido el día 25 de junio de 2023 en la comuna de San Antonio. Condenó, además, a Séfora San Martín Verdejo, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales, como autora del mismo ilícito. Funda el recurso en la causal consagrada en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal. Solicita que se anule la sentencia y se dicte, sin nueva audiencia pero separadamente, otra de remplazo que condene a su representado a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de robo con intimidación. En contra de la misma sentencia, deduce también recurso de nulidad el Defensor Penal Público don Salvador Wasserman Rosinsky, actuando por la condenada Séfora Abigail San Martín Verdejo, basado en la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mismo cuerpo legal. Pide que se declare la nulidad del juicio oral y de la sentencia, ordenando la realización de un nuevo juicio ante un tribunal no inhabilitado.

Fundamentos

CONSIDERANDO: En cuanto al recurso deducido por don Cristian Mauricio Barrera Vargas. 1°) Que el recurrente, luego de reproducir la norma en que sustenta la causal de nulidad, transcribe los hechos que se tuvieron por acreditados en el considerando noveno de la sentencia y afirma que existe una infracción palmaria a lo dispuesto en los artículos 12 N° 16, 21, 25, 97, 104 y 449, todos del Código Penal, disposiciones legales que copia. A continuación, reproduce los motivos decimotercero y decimocuarto del

Fallo

fallo –donde el tribunal se pronuncia acerca de las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y la determinación de la pena-, y expone: “Se alegó por la defensa según se da cuenta en el fallo la hipótesis referida a que el artículo 104 del Código Penal alude a la pena impuesta en concreto en la sentencia definitiva, por tanto, la condena que se tuvo a la vista para fundar la agravante de reincidencia específica, se encontraba efectivamente prescrita según la norma aludida. a) Son aspectos del todo pacíficos los siguientes en el fallo recurrido: I) Que el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 6316-2013, condenó a Emanuel Aliaga Guzmán, con fecha 4 de marzo del año 2014, a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con intimidación. II) Los hechos de aquella causa ocurrieron el 12 de agosto de 2013. III) que la judicatura de instancia en el N° 2 del considerando décimo tercero, al referirse a las agravantes que aplica, y a las alegaciones de la defensa respecto de que el delito que fundamenta la agravante se encuentra prescrito, indica que efectivamente en concreto dicha sanción corresponde a una pena de simple delito. IV) Pero luego, siguiendo el razonamiento del fallo recurrido, el plazo de prescripción, para efectos del art. 104 del Código Penal, es en abstracto atendiendo a que el delito tiene asignada una pena de crimen, y por tanto un plazo de prescripción de 10 años. b) Ya clarificado lo ante

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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: En causa RIT N° 292-2023, don Cristian Mauricio Barrera Vargas, Defensor Penal Público, en representación de Emanuel Isaías Aliaga Guzmán, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal d

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