JUZGADO DE GARANTIA DE ANCUD

MP C/ NN

Rol

Fecha

12 de enero de 2024

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Puerto Montt doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos. El mérito de los antecedentes, lo previsto en el artículo 189 del Código Procesal Penal en relación con lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal normas a partir de las cuales se infiere que, aun

Fundamentos

considerando que el vehículo incautado no sea especialmente apto para ser empleado delictivamente, si éste ha servido de instrumento en la perpetración del hecho investigado y puede ser objeto de la pena de comiso, lo que hace procedente su incautación, se confirma la resolución de fecha diez de octubre de dos mil veintitrés, pronunciada por el Juez (S) del Juzgado de Garantía de Ancud, don Francisco Cerca Pérez, que rechazó la solicitud del tercerista de devolución del vehículo incautado. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Ernesto Manuel González Barría. No firma el Ministro Titular don Juan Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien concurrió a la vista y acuerdo por encontrarse con feriado legal Devuélvase. Rol Penal 1112-2023

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos. El mérito de los antecedentes, lo previsto en el artículo 189 del Código Procesal Penal en relación con lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal normas a partir de las cuales se infiere que, aun considerando que el vehículo incautado no sea especialmente apto para ser empleado delictivamente, si éste ha servido de instrumen

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica