JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

ALEJANDRO ESTEBAN CANDIA SILVA INVERSIONES EIRL/CORRAL

Rol

Fecha

12 de enero de 2024

Materia

PESOS, COBRO SEGÚN ART.680 Nº7 CPC

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2.- Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el doce de diciembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha cinco del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-20130-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el doce de diciembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha cinco del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-20130-2023.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, doce de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la

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