VILLENA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2023
Rol
Fecha
10 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 5 de enero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de PABLO HERNÁN VILLENA CACERES, CI. N°14.459.068-6, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 12 de octubre del año en curso que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo de bienes nacionales de uso público o sitios no destinados a la habitación, la cual inició el 6 de julio de 2022, debiendo culminar el 24 noviembre de 2024. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 27 de mayo de 2023, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “el postulante tiene alto compromiso delictual, muy alto riesgo de reincidencia y antecedentes penales pretéritos. Su plan de intervención se halla en fase inicial, requiriéndose su participación en talleres de factores de riesgo dinámico, como son, habilidades de comunicación efectiva, razonamiento crítico y resolución de problemas, desarrollo de empatía, asociación a pares infractores de ley, fomento de roles sociales, control de impulsos, actitud y orientación procriminal y asociación a pares antisociales. Asimismo, es necesaria la intervención en las características con potencial criminógeno que presenta, esto es, claros problemas de adherencia y deficiente resolución de conflictos y habilidades de autocontrol. Y,
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de PABLO HERNÁN VILLENA CACERES, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 12 de octubre de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 16-2024/Amparo. EDA/eda
Texto Completo (Preview)
Talca, diez de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 5 de enero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de PABLO HERNÁN VILLENA CACERES, CI. N°14.459.068-6, actualmente privado de libertad en ca
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica