SIN INFORMACION

MEDRANO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

10 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 5 de enero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de MARCELO ALEJANDRO MEDRANO ARIAS, CI. N°15.681.414-8, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 11 de octubre del año en curso que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con violencia, la cual inició el 21 de junio de 2020, debiendo culminar el 22 de junio de 2025. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 22 de octubre de 2023, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “el postulante tiene alto compromiso delictual, muy alto riesgo de reincidencia, el que no ha disminuido y antecedentes penales pretéritos. Su plan de intervención se encuentra vigente en fase inicial, manteniendo necesidades de intervención en áreas de pares, familia/pareja, actitud y orientación pro criminal y patrón antisocial. En cuanto a este último factor, no asume su responsabilidad frente a los hechos delictivos cometidos, encontrando injusta su condena, no se aprecia empatía hacia las víctimas, ni consciencia respecto del mal causado, existiendo cogniciones tendientes a justificar la comisión del delito en su trayectoria vital. En la actualidad no cuenta con redes de apoyo efectivas que contribuyan a su proceso de reinserción, es por lo antes expuesto que se sugie

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de MARCELO ALEJANDRO MEDRANO ARIAS, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 11 de octubre de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 15-2024/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 5 de enero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de MARCELO ALEJANDRO MEDRANO ARIAS, CI. N°15.681.414-8, actualmente privado de libertad en

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