1º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

ARIAS/INGENIERIA MONTAJES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS SOCIEDAD POR ACCIONES

Rol

Fecha

9 de enero de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

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Hechos

VISTO: Advirtiendo esta Corte, que el asunto que la demandante pretende someter a conocimiento del Juez Árbitro corresponde a “En lo principal: La nulidad absoluta de la transformación de la sociedad de responsabilidad limitada IMSETEC o, En subsidio, la nulidad absoluta de las adjudicaciones de inmuebles con indemnización de perjuicios, que se individualizan en el acto jurídico denominado “Transformación de Sociedad IMSETEC LTDA.”, no corresponde a un asunto de arbitraje forzoso, y constatando de la lectura de la cláusula decimocuarta de la Escritura de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada de 19 de noviembre de 2012, que liga a las partes del juicio, no se estableció como materia de arbitraje las declaraciones de nulidad que se pretenden, como tampoco en la cláusula vigésimo segunda de la Escritura de Transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada de 23 de junio de 2016 –que por lo demás, de aquella se demanda su nulidad–, no siendo procedente en consecuencia la designación de Juez Arbitro para tales objetos y, constatando que por resolución de 3 de abril de 2023 se citó igualmente a las parte a la audiencia para designación de Juez Arbitro, siendo subsanable el referido defecto únicamente con la declaración de nulidad del referido, del modo en que se declarará en lo resolutivo. Por lo anteriormente expuesto y visto además lo dispuesto en los artículos 84 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se anula todo lo obrado en autos a partir del folio 4 debiendo el Juez de la causa proveer como en derecho corresponde la petición de folio 1. Regístrese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 439-2023 Civil.

Fallo

se declarará en lo resolutivo. Por lo anteriormente expuesto y visto además lo dispuesto en los artículos 84 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se anula todo lo obrado en autos a partir del folio 4 debiendo el Juez de la causa proveer como en derecho corresponde la petición de folio 1. Regístrese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 439-2023 Civil.

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Arica, nueve de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Advirtiendo esta Corte, que el asunto que la demandante pretende someter a conocimiento del Juez Árbitro corresponde a “En lo principal: La nulidad absoluta de la transformación de la sociedad de responsabilidad limitada IMSETEC o, En subsidio, la nulidad absoluta de las adjudicaciones de inmuebles con indemnización de perjuicios, que se indiv

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