2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

CONSTANZA PAZ MARTINEZ GIL C/ NN NN NN

Rol

Fecha

9 de enero de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1° Con arreglo a lo que dispone el artículo 3° letra b) del D.F.L. 7912 de 1927, que organiza las Secretarías de Estado, con relación a lo que dispone el artículo 2, letras b) y h) de la Ley 19.175, se faculta a las Delegaciones Presidenciales para deducir querellas, entre otras hipótesis, “cuando el o los hechos que revistan caracteres de delito, considerados en conjunto con otros similares y próximos en el tiempo, hubieren afectado la seguridad pública, generando en toda la población o en un sector de ella el temor de ser víctima de delitos de la misma especie…”; 2° Corresponde a un hecho de pública notoriedad, respaldado por estudios estadísticos disponibles, tales como los invocados en el recurso de apelación (de Paz Ciudadana y Ministerio Público), el incremento de casos y denuncias sobre delitos de robo de características similares al que ha sido objeto de la querella interpuesta, lo que permite sostener que tal reiteración de sucesos compromete la seguridad pública y que es generadora de sensaciones de temor en la población que hacen procedente la intervención de esta querellante, máxime si en cuenta se tiene la forma y circunstancias de verificación del hecho denunciado, de ocurrencia próxima a un local de votación, con uso de arma de fuego. Por estas razones y de conformidad además con lo previsto en el artículo 111 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, que declara inadmisible la querella interpuesta por la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana de Santiago y, en cambio, se decide que la misma queda admitida a tramitación y que se la tiene por interpuesta, debiendo el Ministerio Público pronunciarse sobre las diligencias impetradas. Comuníquese lo resuelto. Penal-6603-2023 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas razones y de conformidad además con lo previsto en el artículo 111 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, que declara inadmisible la querella interpuesta por la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana de Santiago y, en cambio, se decide que la misma queda admitida a tramitación y que se la tiene por interpuesta, debiendo el Ministerio Público pronunciarse sobre las diligencias impetradas. Comuníquese lo resuelto. Penal-6603-2023 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Octava Rol Corte: Penal-6603-2023 Ruc: 2310064436-3 Rit : O-8280-2023 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Omar Antonio Astudillo Contreras, el Ministro (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Euclides Ortega Duclercq Relator: Gonzalo Jimenez Digi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica