7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ GONZALO FABIAN ALVAREZ CARVAJAL

Rol

Fecha

9 de enero de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Atendido lo expresado por la Sra. Relatora y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil y 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido la abogada recurrente doña Natalia Sepúlveda Valdebenito a la audiencia, se declara el abandono del recurso formulado por la parte defensora particular en contra de la sentencia definitiva de fecha siete de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT N° 157-2023, seguidos ante el 7° Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a Evelyn de Jesús García Pacheco, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades. Comuníquese y devuélvase la competencia. N°Penal-6475-2023. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por la Ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, los Ministros (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y señora Karina Irene Ormeño Soto. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara el abandono del recurso formulado por la parte defensora particular en contra de la sentencia definitiva de fecha siete de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT N° 157-2023, seguidos ante el 7° Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a Evelyn de Jesús García Pacheco, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades. Comuníquese y devuélvase la competencia. N°Penal-6475-2023. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por la Ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, los Ministros (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y señora Karina Irene Ormeño Soto. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro. Al folio N° 4; téngase presente. Vistos: Atendido lo expresado por la Sra. Relatora y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil y 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido la abogada recurrente doña Natalia Sepúlveda Valdebenito a la audiencia, se decla

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