VIDELA/COLEGIO ILUSIÓN DE VIÑA DEL MAR EIE Y OTROS
Rol
Fecha
8 de enero de 2024
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos RUC 22-4-0383218-2, RIT 0-153-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, Rol IC 704 – 2023, Gabriel Cáceres Muñoz, abogado, en representación de la demandante Juana Leticia Videla Núñez, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada en estos antecedentes el veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, por doña Pamela Ponce Valenzuela, Jueza Titular del referido tribunal, en cuya virtud: 1) Acogió la demanda interpuesta por la actora en contra del Colegio Ilusión de Viña del Mar Entidad Individual de Educación, sólo en cuanto se declara injustificado el despido que afectó a la trabajadora el 28 de febrero de 2021, debiendo la demanda pagarle las siguientes prestaciones: $1.248.734 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; $13.736.074 por concepto de indemnización por el tope legal de 11 años de servicio; $6.868.037 por concepto de recargo legal y $2.965.921 por concepto de saldo de remuneraciones adeudadas; todo ello con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. 2) Rechazó la demanda en cuanto a la acción de nulidad del despido y en cuanto a la solicitud de declaración de unidad económica planteada respecto de la Sociedad Educacional Colegio Ilusión de Viña del Mar Ltda. y de doña Andrea Cisterna Soto. 3) No habiéndose accedido a la totalidad de lo demandado, no se condena en costas a la demandada. Segundo: Que el recurrente señala en su recurso los antecedentes preliminares de esta causa en cuanto al objetivo de la demanda de la actora y en específico a la petición de declarar la existencia de unidad económica entre las demandadas. Los antecedentes aparecen expuestos en los
Fundamentos
considerandos décimo y undécimo del
Fallo
se declara injustificado el despido que afectó a la trabajadora el 28 de febrero de 2021, debiendo la demanda pagarle las siguientes prestaciones: $1.248.734 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; $13.736.074 por concepto de indemnización por el tope legal de 11 años de servicio; $6.868.037 por concepto de recargo legal y $2.965.921 por concepto de saldo de remuneraciones adeudadas; todo ello con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. 2) Rechazó la demanda en cuanto a la acción de nulidad del despido y en cuanto a la solicitud de declaración de unidad económica planteada respecto de la Sociedad Educacional Colegio Ilusión de Viña del Mar Ltda. y de doña Andrea Cisterna Soto. 3) No habiéndose accedido a la totalidad de lo demandado, no se condena en costas a la demandada. Segundo: Que el recurrente señala en su recurso los antecedentes preliminares de esta causa en cuanto al objetivo de la demanda de la actora y en específico a la petición de declarar la existencia de unidad económica entre las demandadas. Los antecedentes aparecen expuestos en los considerandos décimo y undécimo del fallo y la resolución del tribunal, rechazando la antedicha declaración, se encuentra en los considerandos décimo tercero y décimo cuarto. Tercero: Que, al efecto, la parte recurrente interpone dos causales de nulidad en contra de la mencionada sentencia, una en subsidio de la otra, a saber, en primer lugar,
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos RUC 22-4-0383218-2, RIT 0-153-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, Rol IC 704 – 2023, Gabriel Cáceres Muñoz, abogado, en representación de la demandante Juana Leticia Videla Núñez, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictad
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