GONZÁLEZ/PREUNIVERSITARIO PEDRO DE VALDIVIA CONCEPCION
Rol
Fecha
8 de enero de 2024
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTO: Del fallo antes indicado se tienen por reproducidos sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales, con excepción de la decisoria Y CONSIDERANDO: 1°) Que la demandante solicitó, respecto de la indemnización sustitutiva del aviso previo, por concepto de indemnización por años de servicio, y por incremento legal del artículo 168 letra a), las diferencias entre lo pagado y lo que reclamaba como adeudado; 2°) Que el
Fallo
fallo antes indicado se tienen por reproducidos sus fundamentos y citas legales, con excepción de la decisoria Y CONSIDERANDO: 1°) Que la demandante solicitó, respecto de la indemnización sustitutiva del aviso previo, por concepto de indemnización por años de servicio, y por incremento legal del artículo 168 letra a), las diferencias entre lo pagado y lo que reclamaba como adeudado; 2°) Que el fallo acogió la demanda en esa parte, estableciendo que lo realmente adeudado era, respecto de la indemnización sustitutiva del aviso previo la suma de $848.938.-; por concepto de indemnización por años de servicio, la suma de $10.061.285.- y por incremento legal del artículo 168 letra a), la suma de $3.075.723.- 3°) Que respecto de las sumas ya establecidas previamente, deberán descontarse los montos ya pagados por dichos conceptos. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 474 y 482 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se rechaza la demanda por tutela de derechos fundamentales deducida por doña Miriam Elizabeth González Rojas, en contra de su ex empleador, Preuniversitario Pedro de Valdivia Concepción Ltda., representada por doña Maria Virginia Seyler Massari, ya individualizados. II.- Que se acoge la demanda por despido injustificado deducida por doña Miriam Elizabeth González Rojas, en contra de su ex empleador, Preuniversitario Pedro de Valdivia Concepción Ltda., representada por doña Maria Virginia Seyler Massari, ya individualizados, declarándose que el despi
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Talca, ocho de enero de dos mil veinticuatro. De acuerdo con la sentencia de nulidad que precede se dicta esta sentencia de reemplazo en la causa Rit T-90-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. VISTO: Del fallo antes indicado se tienen por reproducidos sus fundamentos y citas legales, con excepción de la decisoria Y CONSIDERANDO: 1°) Que la demandante solicitó, respecto de la indemniza
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