SIN INFORMACION

PÉREZ/JUZGADO DE LETRAS DE LA CALERA

Rol

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece el abogado Rafael Gonzalez Flores, en representación de Yeison Pérez Puebla, recurre de queja contra el Juez suplente del Juzgado de Letras de La Calera, tribunal con competencia en materia Laboral, Sr. Francisco Cayupil Soto, por la falta o abuso grave cometida al dictar la resolución de 24 de mayo de 2023, que rechazó solicitud de remitir los antecedentes al Tribunal competente, luego que se hubiera acogido la excepción de incompetencia del Tribunal opuesta por la contraria. Refiere que con fecha 22 de marzo de 2023, en audiencia preparatoria, el Tribunal acogió la excepción de incompetencia del Tribunal opuesta por la parte demandada, resolución confirmada por esta Iltma. Corte de Apelaciones con fecha 28 de abril y ante la inactividad del Tribunal, solicitó que los antecedentes fueran remitidos al Tribunal competente, esto es, el Juzgado de Letras de Illapel. Refiere que con fecha 24 de mayo de 2023 el juez resolvió “Teniendo presente lo resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, se resuelve, no ha lugar, preséntese en el Tribunal correspondiente”. Agrega que la resolución atenta contra el principio de oficialidad laboral establecido en el artículo 429 del Código del Trabajo, teniendo el deber de impulsar el proceso desde el inicio hasta el final. Atenta con las normas constitucionales del debido proceso y tutela judicial efectiva, ante la negativa de remitir los antecedentes del proceso, ocasionará que las acciones deducidas no tengan, eventualmente, un pronunciamiento de fondo con sentencia definitiva. Contravención al artículo 447 del Código del Trabajo, obligación que pese sobre todo juez laboral de impulsar el procedimiento hasta su efectiva culminación, mediante sentencia definitiva. Incurre en una errónea interpretación de la Ley, las normas laborales deben ser interpretadas en base a los principios protectores que inspiran el derecho laboral, aplicándose en este caso, el principio de la norma más favorable

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que se advierte que la resolución recurrida no es de aquéllas establecidas en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, susceptibles del recurso de queja, por lo que el arbitrio no puede prosperar, debiendo ser rechazado.

Fallo

se resuelve, no ha lugar, preséntese en el Tribunal correspondiente”. Agrega que la resolución atenta contra el principio de oficialidad laboral establecido en el artículo 429 del Código del Trabajo, teniendo el deber de impulsar el proceso desde el inicio hasta el final. Atenta con las normas constitucionales del debido proceso y tutela judicial efectiva, ante la negativa de remitir los antecedentes del proceso, ocasionará que las acciones deducidas no tengan, eventualmente, un pronunciamiento de fondo con sentencia definitiva. Contravención al artículo 447 del Código del Trabajo, obligación que pese sobre todo juez laboral de impulsar el procedimiento hasta su efectiva culminación, mediante sentencia definitiva. Incurre en una errónea interpretación de la Ley, las normas laborales deben ser interpretadas en base a los principios protectores que inspiran el derecho laboral, aplicándose en este caso, el principio de la norma más favorable para el trabajador. Pide que se acoja este recurso de queja y se adopten las medidas necesarias para poner pronto remedio a las faltas o abusos graves que motivan el recurso de queja, en especial remitir los antecedentes de la causa al Tribunal competente. A folio 6, informa el juez recurrido, e indica lo siguiente: Añade a lo ya dicho, que desde la dictación de la resolución de fecha 28 de abril de 2023, dictada por esta Ilustrísima Corte y el cúmplase de fecha 04 de mayo del mismo año, el Tribunal a quo quedó inhibido definitivamente par

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de enero de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece el abogado Rafael Gonzalez Flores, en representación de Yeison Pérez Puebla, recurre de queja contra el Juez suplente del Juzgado de Letras de La Calera, tribunal con competencia en materia Laboral, Sr. Francisco Cayupil Soto, por la falta o abuso grave cometida al dictar la resolución de 24 de ma

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