SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/JUZGADO DE LETRAS DE LA CALERA

Rol

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece el abogado Rafael Gonzalez Flores, en representación de Jonathan Agüero Galea, recurre de queja contra el Juez suplente del Juzgado de Letras de La Calera, tribunal con competencia en materia Laboral, Sr. Francisco Cayupil Soto, por la falta o abuso grave cometida al dictar la resolución de 24 de mayo de 2023, que rechazó solicitud de remitir los antecedentes al Tribunal competente, luego que se hubiera acogido la excepción de incompetencia del Tribunal opuesta por la contraria. Refiere que con fecha 05 de abril de 2023, en audiencia preparatoria, el Tribunal acogió la excepción de incompetencia del Tribunal opuesta por la parte demandada, resolución confirmada por esta Iltma. Corte de Apelaciones con fecha 26 de abril y ante la inactividad del Tribunal, solicitó que los antecedentes fueran remitidos al Tribunal competente, esto es, el Juzgado de Letras de Illapel. Refiere que con fecha 24 de mayo de 2023 el juez resolvió “Teniendo presente lo resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, con fecha 26 de abril y 12 de mayo ambas de 2023, no ha lugar, preséntese en el Tribuna correspondiente”. Agrega que la resolución atenta contra el principio de oficialidad laboral establecido en el artículo 429 del Código del Trabajo, teniendo el deber de impulsar el proceso desde el inicio hasta el final. Atenta con las normas constitucionales del debido proceso y tutela judicial efectiva, ante la negativa de remitir los antecedentes del proceso, ocasionará que las acciones deducidas no tengan, eventualmente, un pronunciamiento de fondo con sentencia definitiva. Contravención al artículo 447 del Código del Trabajo, obligación que pese sobre todo juez laboral de impulsar el procedimiento hasta su efectiva culminación, mediante sentencia definitiva. Incurre en una errónea interpretación de la Ley, las normas laborales deben ser interpretadas en base a los principios protectores que inspiran el derecho laboral, aplicándose en este caso,

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que se advierte que la resolución recurrida no es de aquéllas establecidas en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, susceptibles del recurso de queja, por lo que el arbitrio no puede prosperar, debiendo ser rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prevenido en los artículos 545 del Código Orgánico de Tribunales, 425, 429 y 447 del Código del Trabajo, se resuelve: Se rechaza el recurso de queja interpuesto por el abogado don Rafael González Flores en contra del Sr. juez Francisco Cayupil Soto, suplente del Juzgado de Letras de La Calera. Sin perjuicio de lo resuelto, y actuando de oficio esta Corte, de acuerdo a lo establecido en los artículos 425, 429 y 447 del Código del Trabajo y teniendo en especial consideración que la naturaleza del procedimiento, en que se dictó la resolución recurrida, persigue la cautela de garantías constitucionales del trabajador denunciante, y en tanto esa pretensión está sometida a un plazo para ser conocida por el tribunal competente, no puede quedar sometida a la iniciativa de parte, se ordena al juez a quo remitir los antecedentes de la causa, al Juzgado de Letras de Illapel, para su conocimiento y resolución. Registrase y comuníquese. N°Laboral-Cobranza-438-2023.

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de enero de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece el abogado Rafael Gonzalez Flores, en representación de Jonathan Agüero Galea, recurre de queja contra el Juez suplente del Juzgado de Letras de La Calera, tribunal con competencia en materia Laboral, Sr. Francisco Cayupil Soto, por la falta o abuso grave cometida al dictar la resolución de 24 de m

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