SIN INFORMACION

VALDÉS / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece don José Antonio Valdés Castro, quien recurre de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta NºR-01- UME-145473-2023 de fecha 02 de noviembre de 2023, que confirma el rechazo de las licencias médicas Nº 81312714-8; 82496040-2; 83405223-7, por reposo no justificado, con el fin de que esta Ilustrísima Corte adopte las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y brindarle la debida protección. A contar del día 12 de enero de 2023, al actor le fueron extendidas las licencias médicas Nº81312714-8; 82496040-2; 83405223-7, por un total de 90 días. Éstas fueron rechazadas por la COMPIN Región de Valparaíso. El 04 de julio de 2023, el actor recurre a la Superintendencia de Seguridad Social reclamando decisión de la COMPIN de la Región de Valparaíso en orden a confirmar el rechazo de las licencias médicas anteriormente indicadas. Con fecha 02 de noviembre de 2023, la Superintendencia de Seguridad Social dicta la Resolución Exenta NºR-01-UME- 145473-2023, resolviendo el recurso administrativo y confirmando el rechazo de las licencias médicas, sin fundamento alguno. La decisión adoptada por la Superintendencia es ilegal y arbitraria, en consideración a que carece de motivación, toda vez que, atendida su calidad de Organismo Fiscalizador, dispone de las facultades legales para disponer que la COMPIN de mi domicilio ordene la realización de los peritajes necesarios para resolver fundadamente. Se vulneran las garantías de los numerales 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Informa la SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓNDE VALPARAÍSO, señalando que la COMPIN ha obrado, respecto de las licencias médicas que se reclaman, dentro del ámbito de sus facultades y en cumplimiento del principio de legalidad que gobierna el obrar de los órganos de la administración del Estado. Indica que COMPIN dictamina rechazo para licencias médicas reclamadas ar

Fundamentos

considerando: I.- En cuanto a la alegación de extemporaneidad: Primero: Que, la presente alegación será desestimada, toda vez que se ha impugnado el dictamen emanado de la Superintendencia de Seguridad Social el 02 de noviembre de 2023 y si el arbitrio se dedujo el 23 de noviembre del mismo año, lo fue dentro de plazo. II.- En cuanto al fondo: Segundo: Que, en lo que dice relación con las tres licencias médicas rechazadas, lo fueron por prescribir un reposo que, a criterio de las autoridades recurridas, no estaba justificado, siendo insuficientes los antecedentes aportados. Tercero: Que, para la acertada resolución de este recurso es útil tener presente lo dispuesto en el D.S. N° 7/2013 del Ministerio de Salud que Aprueba el “Reglamento sobre Guías Clínicas Referenciales Relativas a los Exámenes, Informes y Antecedentes que Deberán Respaldar las Licencias Médicas”, el cual establece en su artículo 3º, que tratándose de pacientes que tengan indicación de reposo continuo, deberán tomarse algunas de las medidas contempladas en las letras a), b), d) y e) del artículo 21 del decreto Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, y que dichas medidas deberán ser coordinadas por cada Compin, Sub Comisión o Isapre y en base a sus resultados la Contraloría Médica correspondiente podrá determinar la procedencia de la aprobación, reducción o rechazo. Además, se debe considerar lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto Supremo N°3, de 1984 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de autorización de Licencias Médicas por la Compin e Instituciones de Salud Previsional y que permite a dichas instituciones disponer diversos trámites para resolver adecuadamente las autorizaciones, rechazos, ampliación o reducción de plazos de los períodos de reposo solicitados, como el ordenar la realización de nuevos exámenes, interconsultas médicas, la realización de informes al profesional tratante, u otras; nada de lo cual consta que se haya requerido en el presente caso, en circunstancias que una medida de este tipo aparece como necesaria ante los reparos de la autoridad por el período de reposo otorgado al recurrente, que a su juicio, era injustificado, por lo que se procederá a acoger la presente acción cautelar en la forma que se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y artículos 1° y siguientes del Acta N° 4-2015, de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección: I.- Que, se rechaza la alegación de extemporaneidad de la acción; II.- Que, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don José Antonio Valdés Castro, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, solo en cuanto, se deja sin efecto la Resolución Exenta NºR-01- UME-145473-2023 de fecha 02 de noviembre de 2023, que confirma el rechazo de las licencias médicas Nº 81312714-8; 82496040-2; 83405223-7, por reposo no justificado y se ordena a la recurrida disponer efectuar un peritaje psiquiátrico al actor, dentro del plazo de treinta días hábiles, con todos los antecedentes que éste proporcione con el objeto de determinar si el periodo de las licencias rechazadas se encuentra justificado y resolver sobre la pertinencia del pago del subsidio con mejores antecedentes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-23497-2023. En Valparaíso, ocho de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de enero de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece don José Antonio Valdés Castro, quien recurre de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta NºR-01- UME-145473-2023 de fecha 02 de noviembre de 2023, que confirma el rechazo de las licencias médicas Nº 81312714-8; 82496040-2; 83405223-7,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica