QUIROZ/TOLOZA
Rol
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Apareciendo del mérito de los antecedentes, que la resolución que se revisa el día de hoy ha perdido oportunidad, atendido a que la medida prejudicial precautoria decretada en autos fue notificada por cédula de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, el día 29 de agosto de 2023 según da cuenta estampado receptorial a folio 31. 2°) Que sin perjuicio de lo anterior, el plazo conferido por el tribunal a quo es de carácter judicial, no habiéndose reclamado de la medida, atendido la notificación ya referida, sin que se haya efectuado apercibimiento alguno. A mayor abundamiento, la demanda principal el día de hoy se encuentra presentado y el mismo tribunal a quo dispuso mantener las medidas precautorias decretadas a folio 13 y 15 del cuaderno de medida prejudicial. Por lo anterior y teniendo presente además lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la resolución en alzada de fecha siete de marzo de dos mil veintitrés, escrita a folio 23 del cuaderno de medida prejudicial, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt. Devuélvase. Rol Civil N°317-2023.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Apareciendo del mérito de los antecedentes, que la resolución que se revisa el día de hoy ha perdido oportunidad, atendido a que la medida prejudicial precautoria decretada en autos fue notificada por cédula de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, el día 29 de agosto de 2023 según da cuenta estampado recept
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