BANCO DE CHILE/BALCARCE
Rol
Fecha
9 de enero de 2024
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas y los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe ser conocido en el Tribunal de Alzada. Que la apelación de fecha uno de diciembre del año dos mil veintitrés, carece de fundamentos de derecho, no resultando suficiente la enunciación de las objeciones que se plantean frente a la resolución emanada del Tribunal a quo, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha uno de diciembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Regístrese y comuníquese. N°Civil-19399-2023.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas y los fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe ser conocido en
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