SIN INFORMACION

GUZMÁN/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Martín Leonardo Guzmán Órdenes, y deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en realizar retenciones o descuentos en la remuneración del recurrente, con lo que se está vulnerando la garantía constitucional del número 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que la recurrida cese todo tipo de retención o descuento en la remuneración del recurrente; y que la recurrida restituya los descuentos efectuados, así como los que puedan llegar a efectuarse durante la tramitación de la presente acción; todo con costas. Expone el recurrente el 30 de agosto de 2021 suscribió un pagaré N°208COS100066109, en favor de la recurrida, por la suma de $5.123.841.-por concepto de capital, más lo intereses respectivos señalados en dicho documento, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18.010, pagaderos en 48 cuotas mensuales y sucesivas por la suma de $157.855.-, venciendo la primera de ellas el día 31 de octubre de 2021. Además, con fecha 26 de julio de 2023 suscribió el pagaré N° 167CON102860264, en favor de la recurrida, por la suma de $6.390.647.-por concepto de capital, más lo intereses respectivos señalados en dicho documento, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18.010, pagaderos en 48 cuotas mensuales y sucesivas por la suma de $177.612.-, venciendo la primera de ellas el día 30 de septiembre de 2021. Detalla que se pactó que el simple retardo o mora en el pago íntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas en la época pactada para ello, facultará a la demandante para exigir sin más trámite el pago total de la deuda o del saldo a que se halle reducida, considerándose la obligación como si fuera de plazo vencido y capitalizados los intereses devengados y no pagados, todo conforme al artículo 9° de la ley 18.010. Igualmente, se pactó la facultad del empleador del recurren

Fundamentos

fundamentos del recurso, su liquidación de remuneración correspondiente al mes de octubre de 2023; el e-book de la causa rol C-18695-2023, tramitada ante el 5° Juzgado Civil de Santiago; y el e-book de la causa rol C-18696, tramitada ante el 5° Juzgado Civil de Santiago. SEGUNDO: Que evacuó informe la recurrida, Caja de Compensación de Asignación Familiar De Los Andes, y solicitó el rechazo de la acción constitucional de protección por improcedente. Expone que entre las partes existen dos operaciones de crédito. En virtud de la primera, N° 167CON102860264, con fecha 26 de julio de 2021 la recurrida otorgo al señor Martin Leonardo Guzmán Ordenes la operación de crédito código N° 167CON102860264, por un capital inicial de $6.390.647.-, a una tasa de Interés de 1.100%, pagadero en un plazo de 48 meses, con una cuota mensual de $177.612, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 30 de septiembre 2021. Afirma que la cuota del mes de septiembre 2021 fue pagada con fecha 10 de octubre 2021. Luego, que con fecha 26 de octubre 2021, el señor Guzmán efectúa una reprogramación de la deuda por la suma de $6.436.555, pagadero en un plazo de 48 meses con una cuota de $178.888, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de diciembre 2021, y que las cuotas de los meses de diciembre 2021 y enero 2022 se pagaron con fecha 29 de abril y 13 de junio 2022. Como consecuencia de las morosidades existentes en las cuotas de los meses de febrero a abril de 2022, el recurrente efectuó una segunda reprogramación el 13 de junio de 2022 por la suma de $5.881.893, en 60 meses, con una cuota de $158.870, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de agosto 2022. Detalla a continuación que las cuotas de los meses de agosto 2022 a febrero 2023 y abril a mayo 2023, se pagaron con fecha 10 de septiembre 2022 a 06 de marzo 2023, 10 de julio y 10 de agosto 2023; también que la cuota del mes de marzo 2023, fue diferida a posterior de la última cuota pactada por encontrarse el señor Guzmán con licencia médica; y, finalmente, que a diciembre de 2023, la presente operación de crédito mantiene en estado moroso las cuotas de los meses de junio a octubre 2023. En cuanto a la segunda operación, N° 208COS100066109, expone que con fecha 30 de agosto de 0221 se otorgó al recurrente un crédito por un capital inicial de $5.123.841.-, a una tasa de Interés de 1.59%, pagadero en un plazo de 48 meses, con una cuota mensual de $157.855, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de octubre 2021. Detalla que el 26 de octubre 2021 efectúa una reprogramación de la deuda por la suma de $5.296.101, pagadero en un plazo de 48 meses con una cuota de $163.162, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de diciembre 2021. Enseguida, narra que la cuota del mes de diciembre 2021 se pagó con fecha 10 de junio 2022. Consecuencialmente, indica que producto de la morosidad existente en las cuotas de los meses de enero a abril 2022, el Señor Guzmán efectúa una 2° reprogramación con fecha 13

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional deducida en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar De Los Andes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección-16468-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Martín Leonardo Guzmán Órdenes, y deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en realizar retenciones o descuentos en la remuneración del recurrente, con lo que se está vulnerand

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