SIN INFORMACION

JERIA OSORIO MARCO ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Estrella San Martín Toloza, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Marco Andrés Jeria Osorio, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el octubre del año recién pasado, que le negó dicho beneficio. Menciona como antecedentes de su recurso, que el amparado se encuentra cumpliendo condena por el delito de receptación, por tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. Indica que dio inicio a su condena el 29 de septiembre de 2021, y su término se espera para el 30 de septiembre de este año. Agrega que cumple con los requisitos para postular a beneficio de libertad condicional, por cuanto registra conducta muy buena en los últimos 6 bimestres, y además el tiempo mínimo que establece la ley se verificó el 30 de marzo de 2023. Sostiene que, pese a lo anterior, la recurrida resolvió rechazar la postulación en forma unánime, por estimar que, de acuerdo con el informe de postulación psicosocial no se vislumbran factores de reinserción que permitan acceder al beneficio. Afirma que la decisión infringe las normas del Decreto Ley N° 321 y del Decreto Supremo N° 2.442, en particular, por cuanto la decisión adoptada por la Comisión hace referencia exclusiva a los aspectos desfavorables del amparado, en circunstancias que éste demuestra avances en el proceso de reinserción social. Asimismo, considera se infringe la Ley N°19.880, por estimar que el acto administrativo no se encuentra fundado. Agrega que se debe considerar que el saldo de condena es inferior a un año; que el interno está en lista de espera para la realización de un plan de intervención individual por escala oferta programática y el saldo de condena para cumplirlo sería insuficiente; que participa del culto evangélico al interior de la unidad penal; que tiene experiencia laboral previa; que cuenta con una red de apoyo

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Marco Andrés Jeria Osorio y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo 3280-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 6: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Estrella San Martín Toloza, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Marco Andrés Jeria Osorio, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución de la Comisión de L

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