HUENUPI CARRASCO GUSTAVO ANDRES/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Gustavo Millaqueo Nahuelpan, abogado, en favor de los intereses Gustavo Andrés Huenupi Carrasco, recluido en el C.C.P. Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2023- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2 y 3 del Decreto Ley Nº 321 y artículo 14 del Decreto Supremo 2442. Explicó que actualmente el amparado cumple la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, impuesta por el delito de abuso sexual en virtud de sentencia dictada en causa RUC 1400559378-7, RIT 1596-2015 del 12º Juzgado de Garantía de Santiago. De acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el día 19/12/2016, estimándose como fecha de término el 19/12/2026. Cumplió el tiempo mínimo para postular a la Libertad de Condicional el día 19/08/2023 y registra muy buena conducta los últimos 6 bimestres. Señala que los antecedentes aportados son suficientes para demostrar un cambio en la conducta del amparado desde uno pro criminal hacia uno pro social, sobre los cuales la Comisión omitió pronunciarse, y se centró en el informe realizado por Gendarmería de Chile el que no es vinculante, por cuanto las facultades jurisdiccionales no pueden depender de un informe de un órgano administrativo. Agrega que si bien existen antecedentes negativos que aún persisten, la vía adecuada es el cumplimiento bajo un plan de intervención con la supervisión de un delega
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor Gustavo Andrés Huenupi Carrasco en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Amparo-3297-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 6; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Gustavo Millaqueo Nahuelpan, abogado, en favor de los intereses Gustavo Andrés Huenupi Carrasco, recluido en el C.C.P. Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, p
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