SANDRA ALARCON SALGADO (RICARDO URIBE LA PAZ) CON JUEZ ARBRITRO DE SANTIAGO DOÑA IRLANDA ABADIE DELGADO
Rol
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Uribe La Paz, en representación de la parte tercerista Sandra de La Cruz Alarcón Salgado en autos sobre liquidación de comunidad, caratulados “Figari con Fernández”, e interpone recurso de hecho en contra de la Juez Árbitro Irlanda Isabel Abadie Delgado, por no conceder el recurso de apelación subsidiario que dedujo en contra de la resolución que rechazó su petición de intervenir en los autos en calidad de tercero coadyuvante. Explica que compareció en el juicio de partición con el objeto de intervenir en calidad de tercero coadyuvante de conformidad al artículo 23 del Código de Procedimiento Civil, siendo rechazado por la Juez Árbitro. Afirma que en contra de esa resolución dedujo recurso de reposición con apelación subsidiaria, siendo desestimas ambas peticiones por no encontrarse comprendida la requirente dentro de las calidades que establece el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, decisión que estima carente de fundamento legal por cuanto el citado artículo no niega ni prohíbe la figura del tercero coadyuvante en los autos particionales, y consecuencialmente, se vulnera la garantía del debido proceso. Pide se conceda el recurso de apelación subsidiario. Segundo: Que informa al tenor del recurso Irlanda Isabel Abadie Delgado, Juez Partidor en los autos sobre liquidación de comunidad caratulados ¨Figari con Palma”, señalando que la parte recurrente el 29 de abril del año 2023, realizó presentación solicitando su intervención en calidad de tercero coadyudante pidiendo además la suspensión del procedimiento; que mediante resolución arbitral de 03 de mayo fue notificado el abogado recurrente, vía correo electrónico el 05 de mayo pasado, de la resolución “ En lo principal: No ha lugar a lo solicitado conforme a la regla de la partición y al primer segundo y tercer otrosí, estese a lo resuelto previamente”; que con fecha 10 de mayo, mediante correo electrónico, interpuso recurso de repo
Fallo
se declara que se concede, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto, en contra de la resolución de 3 de mayo del año 2023, debiendo dicho tribunal elevar los antecedentes vía interconexión para su pertinente ingreso, conocimiento y resolución. Déjese copia de este fallo en la causa arbitral de partición “Figari con Palma”, que está conociendo la Juez Arbitro Irlanda Isabel Abadie Delgado. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2058-2023 Civil (hecho)
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 20: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Uribe La Paz, en representación de la parte tercerista Sandra de La Cruz Alarcón Salgado en autos sobre liquidación de comunidad, caratulados “Figari con Fernández”, e interpone recurso de hecho en contra de la Juez Árbitro Irlanda Isabel Abadie
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