ANONIMIZADO
Rol
67557-2022
Fecha
12 de septiembre de 2022
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por los demandados contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que revocó la resolución que declaró la incompetencia del tribunal y, en su lugar, decidió que es competente y deberá seguir conociendo del asunto como en derecho corresponda. Segundo: Que con arreglo al artículo 767 de la recopilación procedimental, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra fallos definitivos inapelables e interlocutorios inapelables cuando ponen término al litigio o tornan imposible su...
Texto Completo (Preview)
Santiago, doce de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por los demandados contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que revocó la resolución que declaró la incompetencia del tribunal y, en su lugar, decidió
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