MP C/ JUAN GABRIEL ALMONACID URIBE
Rol
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber al imputado en relación a las imputaciones particulares formuladas a su respecto en la acusación. A su vez, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ella solamente puede verse cumplida con la medida cautelar de prisión preventiva, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y existe además peligro de fuga atendida la naturaleza de los delitos por los cuales ha sido formalizado, las penas asociadas a los mismos, su eventual forma de cumplimiento y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, entendiéndose que no han variado los presupuestos que se han tenido en consideración para decretar la referida medida cautelar; por estas consideraciones se confirma la resolución de fecha 29 de diciembre de 2023 dictada por don Francisco Andrés Almonacid Faundez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Graham Yan Oscar Radas Marston. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 14-2024
Fallo
por estas consideraciones se confirma la resolución de fecha 29 de diciembre de 2023 dictada por don Francisco Andrés Almonacid Faundez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Graham Yan Oscar Radas Marston. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 14-2024
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de enero de dos mil veinticuatro VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investig
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