SIN INFORMACION

UBILLA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. (ANTERIOR)

Rol

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jorge Andres Zuñiga Cortés, quien, interpone acción constitucional de protección en favor de Antonia Gabriel Rivera Ubilla, y en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en no asegurar la misma cobertura de prestaciones de salud mental y física en su plan de salud, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se ordene a la recurrida la determinación de las prestaciones en materias de salud mental, en base a la Ley N° 21.331, y la Circular 396 de 8 noviembre de 2021, de la Superintendencia de Salud, por las coberturas de la recurrente en términos de igualdad, , sin afectar con ello el plan de salud, en las otras materias en cuestión. Señala que la recurrente se encuentra afiliada a la Isapre, con anterioridad a la dictación de la Circular N° 396, de la Superintendencia de Salud, del 8 de noviembre de 2021, manteniendo coberturas de salud mental inferiores a las que se ofrecen en los planes de salud a partir de marzo de 2022, debiendo, por tanto, incurrir en mayores gastos por dicho concepto. Precisa que desde la suscripción del contrato de salud hasta el presente, la Isapre ha determinado las coberturas inferiores en su plan, y los copagos en el mismo, con valores mas altos, a los que rigen hoy por la Circular 396, del año 2021 de la Superintendencia de Salud. Estima que el obrar de la Isapre es ilegal y arbitrario porque discrimina a planes anteriores a marzo de 2022, afectando de esta forma las garantías constitucionales de integridad psíquica, igualdad ante la ley, derecho a elegir el sistema de salud, y derecho de propiedad. Segundo: Que, informó por la recurrida, la abogada María Bernardita Donoso Alarcón, alegando en primer término la incompetencia de esta Corte. Refiere que desde que se modificó la forma de pago de costas de los recursos de protecci

Fundamentos

considerando que el acto que motiva el recurso ocurrió en Santiago, que la recurrida tiene sus oficinas centrales en esta ciudad, y lo dispuesto en el N°1 Auto Acordado sobre Tramitación y

Fallo

por tanto, incurrir en mayores gastos por dicho concepto. Precisa que desde la suscripción del contrato de salud hasta el presente, la Isapre ha determinado las coberturas inferiores en su plan, y los copagos en el mismo, con valores mas altos, a los que rigen hoy por la Circular 396, del año 2021 de la Superintendencia de Salud. Estima que el obrar de la Isapre es ilegal y arbitrario porque discrimina a planes anteriores a marzo de 2022, afectando de esta forma las garantías constitucionales de integridad psíquica, igualdad ante la ley, derecho a elegir el sistema de salud, y derecho de propiedad. Segundo: Que, informó por la recurrida, la abogada María Bernardita Donoso Alarcón, alegando en primer término la incompetencia de esta Corte. Refiere que desde que se modificó la forma de pago de costas de los recursos de protección se ha visto un exagerado incremento de recursos que migran a Cortes que no corresponden a sus domicilios. Lo anterior, ya que con la tramitación electrónica, ya no es necesario concurrir presencialmente a las Cortes de Apelaciones del país para presentar un recurso. Y luego, al ser pagadas las costas mediante vale vista que pueden ser retirados en cualquier sucursal del país, o por transferencia directa a la cuenta del afiliado, genera un incentivo perverso a presentar recursos en Cortes que no corresponde a su domicilio. Afirma que esta Iltma. Corte de Apelaciones es de aquellas que regula las costas más altas y aquello ha producido que se presente

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jorge Andres Zuñiga Cortés, quien, interpone acción constitucional de protección en favor de Antonia Gabriel Rivera Ubilla, y en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en no asegurar la misma cobertura de prestaciones de salud menta

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica