JUZGADO DE GARANTIA DE LA SERENA

MP C/ ANDRES ALEXANDER JELVES JAIME

Rol

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo particularmente presente que no se ha suscitado debate respecto de la concurrencia del requisito contemplado en el literal a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y que en lo relativo a la participación que se atribuye el encartado, los antecedentes investigativos hasta ahora reunidos por el persecutor, en especial, los registros visuales exhibidos en audiencia, permiten estimar que, en este estadio procesal, corresponde al imputado Jelves participación en calidad de autor en los hechos que se le atribuyen, a lo cual se adiciona que, respecto de la necesidad de cautela, concurren en autos diversos criterios de aquellos que ha considerado el legislador para entender que la libertad del mismo constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tales como la pena de crimen asignada por ley al ilícito, el carácter del mismo y la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla. SEGUNDO: Que, sin perjuicio de lo razonado en el párrafo precedente, cabe anotar que la resolución que se impugna en el presente ingreso ya fue materia de apelación (Rol 1-2024 Penal), no habiéndose invocado por la defensa nuevos antecedentes que hagan variar las consideraciones que tuvo a la vista este tribunal de alzada en su oportunidad para confirmar la misma, lo cual abona al rechazo del arbitrio impetrado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, por el Juez de Garantía de La Serena, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Andrés Alexander Jelves Jaime, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 13-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:40 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por la Ministra titular señora Gloria Negroni Vera y la Ministra Suplente señora Carmen Correa Valenzuela, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defe

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica