EN FAVOR DE MATIAS IGNACIO DESCOVIC GARCIA./CLC TALCA.
Rol
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 26 de diciembre del presente año comparece ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua, que luego remite los antecedentes por incompetencia a esta Corte, don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de MATÍAS IGNACIO DESCOVIC GARCÍA, cédula nacional de identidad N°19.896.149-3, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares y, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 12 de octubre de 2023, que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de Robo con fuerza en lugar habitado, la cual inició el 26 de agosto de 2022, debiendo culminar el 21 de mayo de 2024. Adiciona que el tiempo mínimo de postulación se cumplió el 22 de mayo de 2023, registrando 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…el postulante tiene alto riesgo de reincidencia. No posee plan de intervención, a pesar de necesitar abordar y trabajar áreas importantes, entre ellas, necesidades criminógenas y área pares, pues existe ausencia de amistades prosociales, en conjunto al área de consumo alcohol/drogas, ya que fue su consumo problemático de marihuana, que lo condujo a cometer reiteradas inobservacias e irresponsabilidades conducentes a la revocación de su libertad vigilada intensiva. Respecto a la conciencia del delito, externaliza la responsabilidad de sus actos, pre
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Camilo Bahamondes Oses, en favor de MATÍAS IGNACIO DESCOVIC GARCÍA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 12 de octubre de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°595-2023/Amparo. EDA/eda
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Talca, cinco de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 26 de diciembre del presente año comparece ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua, que luego remite los antecedentes por incompetencia a esta Corte, don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle
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