SIN INFORMACION

SUTTER ERGUETA CARLOS/SOCIEDAD DE SERVICIOS DE SALUD LA ALCALDESA LTDA

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Marlys Castillo Triviños, abogada, quien deduce recurso de amparo en favor de Carlos Alberto Sutter Ergueta y en contra de la Residencia u Hogar “La Alcaldesa”, en la cual –afirma- se encuentra el amparado contra su voluntad, afectando su libertad personal y seguridad individual. Solicita se declare dicha privación de libertad arbitraria e ilegal y se disponga su salida inmediata para ser reintegrado a su domicilio ubicado en calle Luz N° 2960, departamento 91, de la comuna de Las Condes. Explica que el 1 de octubre último el amparado, de actuales 57 años, ingresó voluntariamente a la residencia recurrida, donde su familia, compuesta por su madre y su hija, pretendían que se le brindaran los cuidados especializados para la patología que padece, esto es, parkinson y movilidad reducida, con buenas condiciones y facultades mentales. Sin embargo, añade, a partir del día 15 de ese mes, durante una visita, Sutter Ergueta le manifestado que no deseaba permanecer en la residencia debido a que recibía maltrato psicológico y físico en su condición de minusválido por parte de las cuidadoras del hogar y que lo mantenían privado de libertad, sin permitírsele salir del recinto ni recibir visitas, más que las de su madre y su hija. Refiere luego que en la última visita el 12 de noviembre pasado el amparado tuvo dos caídas, las que justifica en el estado de hipotensión en que se encuentra producto de la deshidratación y mala alimentación que recibe, razón por la cual lo llevó a la urgencia de la Clínica San Carlos de Apoquindo, donde fue atendido por distintos especialistas que le recomendaron formular una denuncia, cuestión que hizo ante la Policía de Investigaciones de Las Condes dos días después. Añade que en el hogar el amparado recibe constante zamarreos bruscos por parte de las cuidadoras, gritos y golpes, además de tratos vejatorios siendo motivo de burlas constantes frente a los otros pacientes del recinto, los que calif

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma constitucional citada, se rechaza el recurso de amparo deducido por la abogada Marlys Castillo Triviños en favor de Carlos Alberto Sutter Ergueta. Regístrese y archívese. Redacción del Ministro señor Balmaceda. N°Amparo-3102-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Marlys Castillo Triviños, abogada, quien deduce recurso de amparo en favor de Carlos Alberto Sutter Ergueta y en contra de la Residencia u Hogar “La Alcaldesa”, en la cual –afirma- se encuentra el amparado contra su voluntad, afectando su libertad personal y seguridad individual.

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