SIN INFORMACION

CORONELL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece IGNACIO FUENTES MIRANDA, abogado, en favor de CINDY CORONELL PEROZA, venezolana, DNI venezolano N°15.863.140, e interpone recurso de reclamación judicial en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión del reclamante mediante Resolución exenta N°46 de fecha 29 de noviembre de 2023. Refiere que la reclamante ingresó a Chile en 2021 por un paso no habilitado presentando la Declaración Voluntaria de Extranjero Infractor, siendo notificada de la resolución de expulsión el 06 de diciembre de 2023. Indica que actualmente vive en la ciudad de Arica junto a su pareja y su hijo mayor y que cuenta con dos ofertas laborales, trabajando de manera informal para poder enviar dinero a sus tres hijos menores que se encuentran en Venezuela. Refiere que dicha expulsión es desproporcionada, constituyendo un abuso por parte de la administración puesto que el Servicio Nacional de Migraciones pudo decidir no expulsar a la ciudadana tomando en cuenta diversas consideraciones que establece el artículo 129 de la Ley 21.325, la que no consideró los antecedentes respecto de los vínculos que ha establecido en Chile, sus legítimas expectativas laborales y económicas que le permiten sustentarse. Por lo anterior, solicita tener por interpuesta la acción de reclamación, acogiéndola, dejando sin efecto el referido acto administrativo recurrido. En su oportunidad informó el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso de reclamación, por haberse ceñido a las facultades constitucionales, legales y reglamentarias conferidas. Señala que según antecedentes de Informe Policial N° 4736 de 05 de octubre de 2023 de la Prefectura de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile informó el ingreso al país por paso no habilitado eludiendo el control migratorio, notificándole el 04 de octubre de 2023 el inicio del proceso sancionatorio de expulsión, sin evacuar los descargos en contra de la resolución

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente expone que deduce su reclamo en contra de la Resolución Exenta N°46 de 29 de noviembre de 2023, mediante el cual se resolvió su expulsión del territorio nacional. SEGUNDO: Que, en cuanto a la normativa invocada por la autoridad administrativa para proceder a la expulsión, señala el artículo 127 que “Son causales de expulsión del país […] para aquellos que carezcan de un permiso que los habilite para residir legalmente en el país: 1. Ingresar al país no obstante configurarse a su respecto una causal de prohibición de ingreso de las señaladas en el artículo 32[…].” En ese sentido, el artículo 32 dispone que “Se prohíbe el ingreso al país a los extranjeros que: […] 3. Intenten ingresar o egresar del país, o hayan ingresado o egresado, por un paso no habilitado, eludiendo el control migratorio o valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona, en los cinco años anteriores.” TERCERO: Que, no fue cuestionado por la reclamante el hecho de haber ingresado a territorio nacional por paso no habilitado, sino más bien, alegando un arraigo como una excepción al ejercicio por parte de la autoridad de la facultad legal de expulsar a los extranjeros que han ingresado por paso no habilitado al país. CUARTO: Que, de la documentación acompañada no logró acreditarse fehacientemente el arraigo social invocado, ni se ha argumentado otra razón que reste validez a la resolución materia de esta acción, todo al tenor de lo dispuesto en el artículo 129 de la ley ya citada, lo que conduce indefectiblemente a desestimar la reclamación de autos.

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara: I.- Que, SE RECHAZA el reclamo, deducido por IGNACIO FUENTES MIRANDA, en favor de CINDY CORONELL PEROZA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. II.- Que se deja sin efecto la suspensión de la ejecución de la orden de expulsión decretada el 16 de marzo del año en curso. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° 20-2023 Contencioso Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Arica, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece IGNACIO FUENTES MIRANDA, abogado, en favor de CINDY CORONELL PEROZA, venezolana, DNI venezolano N°15.863.140, e interpone recurso de reclamación judicial en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión del reclamante mediante Resolución exenta N°46 de fecha 29 de noviembre de 2023. Refiere que la re

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