8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

HDI SEGUROS DE GARANTIA Y CREDITO S.A./VERDERAU

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veinticuatro de junio de dos mil veintidós, dictada en los autos rol N° C-31188-2018, seguidos ante el Octavo Juzgado Civil de Santiago. Comuníquese y devuélvase la competencia. N°Civil-10202-2022. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por la Ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y la Abogada Integrante señora Bárbara Vidaurre Miller.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Al folio N° 7; A lo principal, téngase presente. Al otrosí, no cumpliéndose los supuestos establecidos en el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, no ha lugar. Al folio N°8; A lo principal, téngase presente. Al otrosí, estese a lo resuelto precedentemente. Al folio N° 9; téngase presente. VISTO: Atendido el mérito de

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