9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GÓMEZ/MARO INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SPA (LTE)

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Por advertir esta Corte en la vista del recurso deducido que se ha incurrido en una irregularidad procesal desde que, habiéndose dispuesto la recepción de prueba testimonial y procedido a la misma con la suficiente antelación a la dictación de la resolución apelada, las actas respectivas se agregaron al expediente con posterioridad a la decisión del incidente que motiva el recurso, situación que configura el vicio detectado, en atención a que se ha decidido lo debatido con omisión de ponderación de los elementos de convicción decretados, generando indefensión, y visto lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, actuando de oficio este tribunal, se invalida lo obrado en autos, particularmente la resolución de veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-5347- 2023, retrotrayendo el procedimiento a la etapa de resolución del incidente de nulidad propuesto, por juez no inhabilitado, previa ponderación de toda la prueba rendida oportunamente. Sin perjuicio de lo resuelto, el Tribunal deberá disponer lo pertinente para investigar los

Fundamentos

motivos de la no agregación oportuna de prueba testimonial recibida en la presente causa, informando de ello a esta Corte. Regístrese y comuníquese. N°Civil-18969-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Graciela Gómez Quitral, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.En Santiago, cuatro de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Por advertir esta Corte en la vista del recurso deducido que se ha incurrido en una irregularidad procesal desde que, habiéndose dispuesto la recepción de prueba testimonial y procedido a la misma con la suficiente antelación a la dictación de la resolución apelada, las actas respectivas se agregaron al expediente con post

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