SIN INFORMACION

REINA PEÑA / SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Kevin Canedo Cueto en representación de Lesly Katherine Reina Peña, de nacionalidad venezolana, domiciliada en Avenida Ventura Blanco Viel N°1140, departamento 610, comuna de San Miguel, interpone recurso de protección en contra de la Subsecretaría del Interior, domiciliada en calle San Antonio N°580, comuna Santiago, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta Nº28.663, de 19 de junio de 2023, que rechazó su solicitud de residencia temporal por

Fundamentos

motivos excepcionales, perturbando la garantía reconocida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que mediante la resolución indicada la recurrida rechazó la solicitud de residencia temporal por motivos excepcionales presentada por la recurrente, acto que califica de arbitrario ya que si bien ingresó al país por un paso no habilitado, el ordenamiento permite al Subsecretario del Interior otorgar un permiso de residencia en casos excepcionales. Afirma que su representada ha acreditado que reside en Chile desde el 1 de febrero de 2021, ha demostrado tener arraigo familiar y laboral por lo que resulta arbitrario y desproporcionado que la autoridad considere aisladamente el hecho del ingreso por un paso no habilitado para rechazar la solicitud de residencia solicitada. Sostiene que la resolución vulnera la igualdad ante la ley ya que ha sido discriminada arbitrariamente en relación al resto de los ciudadanos extranjeros cuyas solicitudes han sido respondidas de manera fundada. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N°28663 y ordene a la Subsecretaría del Interior resolver la solicitud de residencia temporal por motivos excepcionales considerando que deberá fundar debidamente, dentro de un plazo prudente. Segundo: Que comparece el abogado Felipe Cerda Sepúlveda en representación de la Subsecretaría del Interior, quien previo a evacuar su informe solicita se declare inadmisible la acción por extemporánea. Argumenta que lo impugnado es la Resolución Exenta Nº28.663, de 19 de junio de 2023, la que le fue notificada a la actora mediante Oficio Ordinario Nº2.242 de 14 de agosto de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones. Entiende que el plazo para presentar el recurso de protección impetrado en autos vencía el día 16 de septiembre de 2023 considerando lo dispuesto en el artículo 46 de la ley Nº19.880, que contiene la presunción simplemente legal de notificación mediante carta certificada, la cual se entiende practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda, en circunstancias que la acción se interpuso el 10 de noviembre de 2023. Respecto al fondo del recurso solicita se rechace el mismo ya que la vía para impugnar la decisión corresponde a los recursos establecidos en la Ley Nº19.880, los que no fueron interpuestos en la sede administrativa. Añade que la declaración jurisdiccional respecto de la forma en que la Administración ejerce las facultades en materia migratoria es improcedente, ya que ha actuado dentro de sus competencias y respetando el principio de juridicidad. Refiere que de acuerdo al artículo 155 Nº8, en relación el artículo 157 Nº 13, ambos de la Ley Nº 21.325, corresponde al Subsecretario del Interior "disponer, en concordancia con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería, el establecimiento de mecanismos de regularización de extranjeros que se encuentren en condición migratoria irregular, fijando los req

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Lesly Katherine Reina Peña, en contra Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3776-2023 Protección.-

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, por el recurso el abogado don Kevin Abel Canedo Cueto. San Miguel, 4 de enero de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 22: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Kevin Canedo Cueto en representación de Lesly Katherine Reina Peña, de nacion

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